Boletines/Lobería

Decreto Nº1494-23

Decreto Nº 1494-23

Lobería, 27/07/2023

ASIGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.721/22, el Decreto Nº 029/23; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Zufriategui, ubicada en calle España N° 957 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Director de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro ING. MARIANO HERRERA, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 029/23, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 10 de julio de 2023;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- ASIGNANSE tareas al personal destajista Sr. JUAN CARLOS ORONOZ, D.N.I. N° 20.726.000, designado mediante Decreto Nº 029/23, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Zufriategui, ubicada en calle España N° 957 de esta ciudad, a partir 10 de julio de 2023.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS                                                                                                               MONTO
Sobre techo (tirante, aislante, clavadera y cubierta de chapa)                       $ 356.023,35
Cargas de techo revocadas                                                                            $ 167.001,07
Cielorraso de machimbre                                                                                $ 167.022,92
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA MIL CUARENTA Y SIETE CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 690.047,34.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 593.440,71.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 82.805,68. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas”, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Dirección de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.