Boletines/Tandil

Decreto Nº2811/2023

Decreto Nº 2811/2023

Tandil, 01/08/2023

Visto

La Ordenanza Fiscal vigente, la Ordenanza Impositiva vigente y la Ordenanza Nº 13826 para las tasas Retributiva de Servicios Públicos, Servicios Sanitarios, para la Salud, Complementaria de Protección Ciudadana, Fondo de Obras Sanitarias y Fondo de Inversión Vial.

Considerando

Que se han presentado distintas solicitudes de exención del pago de las tasas municipales correspondientes al ejercicio 2023.

Que por DECTO-2022-4429-E-MUNITAN-INT del 26 de diciembre de 2022, que fija una prórroga hasta el 30 de junio de 2023, de las exenciones vigente para personas físicas o jurídicas al 31 de diciembre de 2022.

Que los beneficios de exención de tasas municipales son otorgados con carácter provisorio.

Que las distintas instituciones solicitantes han presentado la documentación exigida en la reglamentación vigente.

Que la Agencia de Ingresos Municipales ha tomado la debida intervención de su competencia para que con la documentación presentada y cumplido los requisitos pertinentes se pueda avanzar con el beneficio fiscal solicitado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Exímase por el ejercicio 2023 del pago de las Tasas Retributiva de Servicios, Tasa para la Salud, Fondo de Inversión Vial, Tasa Complementaria de Protección Ciudadana, Tasas por Servicios Sanitarios y Fondo Especial de Obras Sanitarias, a las instituciones del tipo BENÉFICA, CLUBES, ENTIDADES RELIGIOSAS, ASOCIACIONES PROFESIONALES, por cada uno de sus inmuebles en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal vigente, la Ordenanza Impositiva vigente y la Ordenanza Nº 13826, según detalle que se acompaña en el Anexo I que forma parte del presente.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Agencia de Ingresos Municipales: Dirección de Rentas y Finanzas y Dirección de Ingresos Públicos y oportunamente archívese como “Guarda Temporal”.

Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario)        -            Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                   Secretaría de Economía y Administración     -                        Intendencia

Anexos

ANEXO I

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