Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 21462
Bahia Blanca, 13/07/2023
VISTO
El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 9, a través del cual se le dan por reconocidos los servicios prestados como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca, a la agente Virginia FIORENTINI, D.N.I. 24.095.328, legajo Nº 12.147, dependiente del Departamento de Ambiente (Oficina Nº 617), correspondientes a dos (2) años, once (11) meses y ocho (8) días; y
CONSIDERANDO
Que a través de la Resolución Nº 446/2023, obrante a fojas 5 y 5 vuelta, se dieron por reconocidos los servicios mencionados.
Que de fojas 6 a 7 el Departamento Administración de Personal informa el cálculo total de diferencias a abonarle a la agente, conforme lo dispuesto en el artículo 5º de la Resolución en cuestión.
Que a fojas 7 vuelta y 8 la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General dejan constancia de la imputación del presente gasto.
Que conforme surge, tanto del artículo 5º de la Resolución como de lo informado por el Departamento Administración del Personal, el monto a reconocer corresponde a ejercicios vencidos (periodo comprendido entre el 2 de mayo de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022), motivo por el cual se considera necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante.
Por todo lo expuesto, y el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración de Personal, a abonar las diferencias salariales a favor de la agente Virginia FIORENTINI, D.N.I. 24.095.328, C.U.I.L. 27-24095328-0, legajo Nº 12.147, dependiente del Departamento de Ambiente (oficina Nº 617), que surgen del reconocimiento de los servicios que prestó como becaria en la Municipalidad de Bahía Blanca, dispuesto por Resolución 446/2023, obrante a fojas 5 y 5 vuelta del expediente 0-3768-2023, y conforme al cálculo efectuado por la mencionada repartición que corre agregado a fojas 6 y 7 del antedicho expediente.
Artículo 2º - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, correspondía de origen a las Partidas: 1.1.3.1., 1.1.4.0., 1.1.6.1., 1.1.6.2., Fuente de Financiamiento: 110, Jurisdicción: 1110104000, Categoría Programática 01.01.00, del Presupuesto de Gastos de los años 2021 y 2022, deberá imputarse en la deuda flotante del presupuesto de gastos de ejercicio vigente.
Artículo 3º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-