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Decreto Nº521/2023

Decreto Nº 521/2023

Lobos, 21/03/2023

Pago honorarios en juicio Ocampos, María Angélica c/ Club Social y Deportivo las Delicias s/ daños y perjuicios

Visto

 Lo actuado en los autos caratulados “Ocampos, María Angélica c/ Club Social y Deportivo las Delicias s/ daños y perjuicios” Expte. n° 78031/02  que tramitan ante el Juzgado Civil y Comercial n° 2 de la Jurisdicción de La Plata, Provincia de Buenos Aires,

Considerando

Que se han cumplido todas las etapas judiciales pertinentes.

Que existe sentencia firme sobre la causa.

Que la Cámara Segunda de Apelaciones – Sala III – resolvió modificar la atribución de responsabilidad estableciendo la misma en un 40% en cabeza de la parte actora y en un 60% en la parte demandada.

Que consecuencia de ello corresponde abonar a los demandados el 60% de las costas y honorarios devengados.

Que la Cámara II de Apelación en lo Civil y Comercial Sala III de La Plata ha fijado los honorarios de los letrados por su actuación en la Alzada.

Que corresponde abonar los honorarios y aportes de los abogados.

Que de común acuerdo con el resto de los codemandados y de modo extrajudicial, se ha convenido que la Municipalidad de Lobos abone 1/5 parte, esto es el 20%, de cada honorario y aporte regulado en autos, siempre dentro de la proporción establecida en la sentencia del Tribunal de Alzada.

Que en dicha inteligencia corresponde abonar los honorarios de los letrados que a continuación se detallan conforme resolución de fecha 21 de marzo de 2023 emanada de la Cámara II de Apelación en lo Civil y Comercial Sala III de la Plata y por los montos siguientes:

  1. Dra. Liliana Beatriz Brem por la suma de Pesos ciento sesenta y cinco mil con 00/00 ($165.000,00) en concepto de honorarios y aportes previsionales de ley.
  2. Dr. Hernán Siniego por la suma de Pesos sesenta y seis mil quinientos veinticinco con 17/00 ($66.525,17) en concepto de honorarios y aportes previsionales de ley.
  3. Dr. Leandro Daniel Maggio por la suma de Pesos ciento cincuenta y ocho mil cuatrocientos tres con 99/00 ($158.403,99) en concepto de honorarios y aportes previsionales de ley.
  4. Dra. Laura Patricia Vicondo la suma de Pesos ciento noventa y dos mil cuatro con 84/00 ($192.004,84) en concepto de la totalidad de aportes previsionales de ley correspondientes a los honorarios profesionales regulados.
  5. Dra. Paula López la suma de Pesos once mil novecientos noventa y uno con 77/00 ($11.991,77) en concepto de la totalidad de aportes previsionales de ley correspondientes a los honorarios profesionales regulados.-

 

Las sumas precedentemente detalladas deberán ser abonadas mediante transferencia bancaria a la cuenta judicial de autos Cuenta: 2050-5856146, CBU: 0140114727205058561461, Sucursal: (2050) Banco Provincia, TRIBUNALES LA PLATA;  con excepción de las sumas correspondientes a las letradas Vicondo y López, los cuales deberán ser abonados por Tesorería Municipal con cargo de rendición.

 

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones

                                                            D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Páguese a la Dra. Liliana Beatriz Brem  la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL ($165.000,00) en concepto de honorarios y aportes previsionales de ley.

 

ARTÍCULO 2º: Páguese al Dr. Hernán Siniego por la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTICINCO CON 17/100 CENTAVOS ($66.525,17) en concepto de honorarios y aportes previsionales de ley.

 

ARTÍCULO 3º: Páguese al Dr. Leandro Daniel Maggio por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TRES CON 99/100 CENTAVOS ($158.403,99) en concepto de honorarios y aportes previsionales de ley.

 

ARTÍCULO 4°:Páguese a la Dra. Laura Patricia Vicondo la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CUATRO CON 84/100 CENTAVOS ($192.004,84) en concepto de la totalidad de aportes previsionales de ley correspondientes a los honorarios profesionales regulados.

 

ARTÍCULO 5º: Páguese a la Dra. Paula López la suma de PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 77/100 CENTAVOS ($11.991,77) en concepto de la totalidad de aportes previsionales de ley correspondientes a los honorarios profesionales regulados.-

 

ARTÍCULO 6°: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto impútese a la Jurisdicción 1110102000, Categoría Programática 01.00.00, del Presupuesto de Gastos en vigencia.

 

ARTÍCULO 7º: Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-

 

 

DECRETO Nº:                       521/2023

 

      Pablo F. Hasper                                                               Ing. Jorge O. Etcheverry

  Secretario de Gobierno                                                          Intendente Municipal

  Municipalidad de Lobos                                                      Municipalidad de Lobos