Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 0402/23
San Andrés de Giles, 12/01/2023
Visto
Que la Municipalidad de San Andrés de Giles, en el marco de un intensivo plan de promoción y atención de la salud pública y prevención de las enfermedades, viene realizando distintas acciones tendientes a brindar a la población la atención gratuita e igualitaria para todos los vecinos en las especialidades médicas de mayor demanda; y
Considerando:
Que a fin de cumplir con este objetivo es necesario de dotar al hospital Municipal San Andrés de profesionales médicos especialistas;
Que una necesidad frecuente por parte de la población es la relacionada con la Pediatría y la Neumonología Pediátrica ;
Que la Municipalidad no cuenta con recurso humano genuino para cubrir esa
necesidad.
Que la Dirección del referido Nosocomio Municipal, ha fundamentado la incompetencia para cubrir la prestación por parte del recurso humano profesional existente en esa área, por lo que la contratación formalizada encuadra en lo normado por la L.O.M.
Por ello resulta necesaria la contratación de un médico especialista en Pediatría y Neumunología Pediátrica ;
Considerando
Por ello, el Intendente Municipal Interino en uso de las atribuciones que le son propias
Por ello, el Intendente Municipal Interino en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar el contrato de locación de obra , suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Dr. Juan Pablo Sauro Amado , Médico Especialista en Pediatría y Neumonología Pediátrica para brindar atención en consultorio externo de asistencia inmediata en Pediatría y Neumonología Pediátrica en ambas especialidades en el Hospital Municipal San Andrés, reconociéndose de acuerdo a lo normado por la L.O.M. ,la incompetencia del recurso profesional existente en el referido Nosocomio Municipal.
ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato que por este acto se convalida, serán imputadas en la siguiente partida presupuestaria:
Fuente de Financiamiento: 110: Tesoro Municipal
Jurisdicció 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción: 1110107000: Secretaria de Salud
Categoría Programática: 70: Prestación de Servicios en el Hospital Municipal San Andrés
Actividad: 01: Servicios de Salud en el Hospital Municipal
Inciso: 3: Servicios no personales
P.Principal: 4: Servicios Técnicos y Profesionales
Partida Parcial: 2: Médicos y Sanitarios.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Contable, regístrese y archívese.
CONTRATO
Este Contrato ,también llamado en adelante El Presente Contrato o El Contrato , se celebra en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 2 del mes de enero de 2023 , entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, con domicilio legal en calle Moreno Nº 338 de la localidad de San Andrés de Giles (Provincia de Buenos Aires), representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Interino, Miguel Angel Gesualdi, por lo dispuesto en el Decreto Nº 022 sancionado por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2021 (DNI Nº 22.531.359 ) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre , por una parte, en adelante llamada La Municipalidad y por la otra el Dr. Juan Pablo SAURO AMADO (Médico especialista en Pediatría y Neumonología Pediátrica) , D.N.I. Nº 30.073.628 CUIT N°24-30073.628-5, quien fija su domicilio en calle José Pacheco de Melo Nº 2773-Piso 7º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, Matrícula Nacional Nº 133857 Matrícula Provincial Nº 58573 en adelante denominado EL MEDICO, conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte" y teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
En virtud de lo expresado, las partes acuerdan:
PRIMERO: LA MUNICIPALIDAD contrata a EL MEDICO, siendo la vigencia de este instrumento desde el día 1 de enero de 2023 y hasta el día 31 inclusive del mes de enero del año 2023.
SEGUNDO: El objeto del contrato es que "EL MEDICO" brinde su atención profesional en consultorio externo en las especialidades de Pediatría y Neumonología Pediátrica , en el Hospital Municipal San Andrés, con una frecuencia de cuatro (4) veces por semana, reconociéndose de acuerdo a lo normado por la L.O.M. ,la incompetencia del recurso profesional existente en el referido Nosocomio Municipal en dichas especialidades.
TERCERO: Como contraprestación a la atención descripta en el artículo precedente que brinde y realice EL MEDICO, LA MUNICIPALIDAD se compromete a abonarle la suma de Pesos Cien Mil
($ 100.000) mensuales, por todo concepto .La facturación se hará mes vencido y el pago deberá estar disponible dentro de los 10 días corridos desde la fecha de la presentación de la factura. -
CUARTO: Las partes pueden resolver el presente convenio, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días.
QUINTO: La supervisión y control de las tareas a realizar por EL MEDICO, será ejercida por la Dirección del Hospital Municipal "San Andrés" quién mensualmente deberá informar a modo de certificación de obra, las prestaciones brindadas a fin de liquidar el correspondiente pago.
SEXTO: El Médico asume por su propia cuenta todas las consecuencias de cualquier índole o naturaleza que pudieran derivarse del trabajo a su cargo, fueren accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, o daños a sus bienes, como asimismo daños o perjuicios a terceros, a cuyo efecto declara contar con las coberturas legales exigibles. En tal sentido se hace constar de manera expresa que El MEDICO cuenta con seguro contra mala praxis, eximiendo a LA MUNICIPALIDAD de toda responsabilidad en caso de configurarse tal situación en un acto médico a su cargo. Asimismo, asume por si el cumplimiento de todas las obligaciones previsionales, fiscales o de otro carácter que pudieran alcanzar su actividad, quedando LA MUNICIPALIDAD exenta de toda obligación al respecto.
SEPTIMO: Para todos los efectos legales o judiciales que puedan surgir del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mercedes renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que puedan corresponderle y fijan a tal efecto sus domicilio especiales en los enunciados ut supra donde serán válidas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se practiquen. -
De conformidad se firman dos ejemplares originales de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados supra.
Dr. Juan Pablo SAURO AMADO
D.N.I. Nº 30.073.628