Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0025/23

Decreto Nº 0025/23

San Andrés de Giles, 03/01/2023

Visto

El aumento de tareas que ha sido registrado en los últimos tiempos en la Secretaría de Obras y Servicios (Cementerio), hacen necesario cubrir en forma temporaria las tareas realizadas, a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicha Secretaría; y

 

Considerando

Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello el Intendente Municipal interino, en uso de las facultades legales que le son propias:

 

  1.   E  C  R   E  T  A

 

 

ARTICULO 1ro:Desígnese personal temporario para cumplir tareas de peón cuadrilla al Sr. VALOR, Juan Ignacio, DNI: 37.366.653, y al Sr. PINAYA ACOSTA, Víctor, DNI: 94.720.993.

ARTICULO 2do: La presente designación tendrá vigencia desde el día 01 de Enero de 2023, hasta el día 30 de Junio inclusive de 2023.

ARTICULO 3ro: Fijase como retribución a la tarea asignada la suma  equivalente a la clase XV, Personal Obrero, sujetos a las retenciones legales.

ARTICULO 4to: Las Erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputarán según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), en la siguiente Partida Presupuestaria:

Jurisdicción                   1110100000: Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción     1110105000: Sec. de Obras y Servicios Públicos

Programa                                 51: Prestación de servicios en el Cementerio Norte 

Actividad                                 1: Servicio de Cementerio

Inciso                                      1: Gastos en Personal

P.Principal                               2: Personal Temporario

Partida Parcial                            1: Retribuciones del cargo

Partida subparcial                      9: Temporario

ARTICULO 5to:Comuníquese a la Oficina de Recursos Humanos y Capacitación, regístrese y archívese.-