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Resolución Nº171

Resolución Nº 171

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/07/2023

Visto la nota elevada por el Director del Instituto Cultural a fs. 1, por la cual comunica que el señor Jonathan Escudero, artista circense y gestor cultural, se encuentra abocado a la organización de la “Varietté Aniversario de La Nave 2023” que se llevará a cabo durante el mes de septiembre del corriente año en nuestra ciudad, y

Considerando

Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza N° 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4.

Que La Nave es un espacio cultural circense, independiente y autogestivo y colectivo creado en el año 2014 en cuyas instalaciones se trabaja en los siguientes ejes principales: circo social-escuela, circo social-itinerante, talleres y eventos de distintas ramas artísticas, presentación de espectáculos y muestras, redes de trabajo, "mingas" y asambleas.

Que la varietté se destaca por lo característico de su nombre: la variedad, combinando un despliegue de disciplinas circenses y coreográficas, junto con otras ramas artísticas; propone brindar un encuentro apto para toda la familia y para todo tipo de público.

Que el espectáculo, fiel a la esencia del espacio, como propuesta al precio impuesto a una entrada adopta la modalidad de espectáculo "a la gorra", asegurando que los sectores más populares y vulnerables no queden exentos de la posibilidad de acercarse al ámbito artístico-cultural.

Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios de los artistas, técnica de sonido e iluminación, alquiler de equipos técnicos, alquiler de baños químicos, y demás gastos que se pudieran ocasionar. Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de los Departamentos de Planeamiento Presupuestario y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades, 

- R E S U E L V E -

PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de Jonathan David ESCUDERO, C.U.I.L./T: 20-32239730-6; por la suma de pesos doscientos cuarenta y siete mil ($ 247.000,-) a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios de los artistas, técnica de sonido e iluminación, alquiler de equipos técnicos, alquiler de baños químicos y demás gastos que demanden la organización de la “Varietté Aniversario de La Nave 2023” que se llevará a cabo durante el mes de septiembre del corriente año en nuestra ciudad, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-

SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a Jonathan David ESCUDERO, C.U.I.L./T: 20-32239730-6; la suma de pesos doscientos cuarenta y siete mil ($ 247.000,-) atento a lo indicado en el artículo Primero.- 

TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.4.0.- 

CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de ciento veinte (120) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-

QUINTO: Déjese constancia que, de acuerdo al artículo 10 del Decreto 1873/2019 que reglamenta la Ordenanza 19.038, el beneficiario deberá referenciar el aporte y auspicio, haciendo uso de la gráfica oficial del Municipio en sus piezas de comunicación.

SEXTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.- 

SÉPTIMO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-