Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 21460
Bahia Blanca, 13/07/2023
VISTO
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 13, referido al reconocimiento de los servicios desempeñados como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca, a la agente GISMONDI, Leticia Ailén, legajo nº 12.885, D.N.I. nº 23.289.717, dependiente de la Secretaría de Salud (oficina 796), correspondiente a cuatro (4) años, cinco (5) meses y veinticinco (25) días.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución n° 147/2023, obrante a fojas 6, se dan por reconocidos los servicios desempeñados mencionados.
Que a fojas 7, 8 y 9 el Departamento Administración del Personal informa el cálculo total de diferencias a abonarle a la antedicha agente, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la resolución en cuestión.
Que conforme surge tanto del artículo 4º de la resolución como de lo informado por el Departamento Administración del Personal, el monto a reconocer corresponde a ejercicios vencidos (período comprendido entre el 23/03/2021 hasta el 31/12/2022) motivo por el cual se considera necesaria la intervención del H.Concejo Deliberante.
Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º – Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración del Personal, a abonar las diferencias salariales a favor de la agente GISMONDI Leticia Ailén, legajo nº 12.885, DNI. 23.289.717, dependiente de la Secretaría de Salud (oficina 796), que surgen del reconocimiento de los servicios que prestó como becaria en la municipalidad de Bahía Blanca dispuesto por Resolución 147/2023, obrante a fojas 6 del expediente 0/00-2638-2023, y conforme al cálculo efectuado por la mencionada repartición y que corre agregado de fojas 7, 8 y 9 del presente expediente.
Artículo 2º – El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior correspondía de origen a la partida: gasto 1131, 1140, 1161 y 1162, Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110107000, Categoría Programática 01.01.00, del presupuesto de gastos de los años 2021 y 2022; deberá imputarse en la deuda flotante del presupuesto de gastos del ejercicio vigente.
Artículo 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-