Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21456

Ordenanza Nº 21456

Bahia Blanca, 13/07/2023

VISTO

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 11, a través del cual se le dan por reconocidos los servicios desempeñados como becario de la Municipalidad de Bahía Blanca, al agente Diego Víctor HERLEIN, D.N.I. 25.215.715, legajo Nº 14.349, dependiente de la Dirección Adjunta de Turismo (oficina Nº 793), correspondientes a tres (3) años, diez (10) meses y veintinueve (29) días; y

CONSIDERANDO

Que a través de la Resolución Nº 373/2023, obrante a fojas 5 y 5 vuelta, se dieron por reconocidos los servicios mencionados.

Que a fojas 6, 7 y 8 el Departamento Administración de Personal informa el cálculo total de diferencias a abonarle al antedicho agente, conforme lo dispuesto en el artículo 3º de la Resolución en cuestión.

Que a fojas 9 la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General dejan constancia de la imputación del presente gasto.

Que conforme surge, tanto del artículo 4º de la Resolución como de lo informado por el Departamento Administración del Personal a fojas 6, el monto a reconocer corresponde a ejercicios vencidos (periodo comprendido desde el 4 de abril de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022), motivo por el cual se considera necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante.

Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración de Personal, a abonar las diferencias salariales a favor del agente Diego Víctor HERLEIN, D.N.I. 25.215.715, C.U.I.L. 20-25215715-9, legajo Nº 14.349, dependiente de la Dirección de Turismo (oficina Nº 793), que surgen del reconocimiento de los servicios que prestó como becario de la Municipalidad de Bahía Blanca, dispuesto por Resolución 373/2023, obrante a fojas 5 y 5 vuelta del expediente 0/00-2944-2023, y conforme al cálculo efectuado por la mencionada repartición que corre agregado a fojas 7 y 8 del antedicho expediente.

Artículo 2º - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 1.1.3.1, del ejercicio 2021 y 2022.

Artículo 3º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-