Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2503
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/06/2023
Visto el Pedido de Adquisición Nº 4701 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación servicios técnicos y profesionales de un Operador Barrial en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión sede Norte; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona para cumplir funciones como Operador Barrial en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión, a efectos de realizar visitas a los participantes que no concurren al programa, a las instituciones del barrio junto a tutores, reunión con otros tutores del programa, participación en los encuentros de tutores, planificación y organización de festivales y/o eventos en la sede;
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas,
Que se procedió a la realización del correspondiente procedimiento de selección del personal requerido, en base a la documentación que antecede, la que fue oportunamente evaluada;
Que del Acta que corre a fs. 9 surge la selección de la Sra. Julieta Guadalupe Luna, DNI 42.397.762, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas.-
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para desempeñar la tarea requerida.-
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Julieta Guadalupe Luna, DNI 42.397.762, la prestación de servicios como Operador Barrial para desempeñar tareas en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión sede Norte, a partir del 1 de julio y hasta el 31 de agosto de 2023 y por la suma total de pesos ciento veintiseis mil quinientos ochenta y tres con ochenta centavos ($126.583,80.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Programa Envión.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-