Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 252
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/07/2023
VISTO las presentes actuaciones por las cuales la señora Maricel Beatriz CARNIEL DNI 21.778.878 solicita vinculación tributaria sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circ III – Secc. C – Mz 244 - Parcela 10 – Partida 8210 y
CONSIDERANDO
Que a fs 67 y 68, el asesor legal de la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano informa que la pretensión se funda en el artículo 83 inc. c) de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario 1089/2022, que admiten la vinculación tributaria por parte de poseedores respecto a parcelas que se encuentren emplazadas en el ámbito territorial del Municipio de Bahía Blanca.
Que, en ese sentido, el Decreto municipal en cuestión dispone la posibilidad de admitir como contribuyentes de la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y de Salud, a quienes invocan y acreditan prima facie el ejercicio de la posesión, con la salvedad de que el titular de dominio manifieste su oposición para que prospere la petición del poseedor o, cuando se hubiera registrado al interesado como contribuyente, para que cese en dicha condición.
Que en primer término, se trata de un inmueble que presentaba un ostensible estado de deterioro general, cuestión que motivó la tramitación de causa ante el Tribunal de Faltas municipal, en la que se dispuso su demolición (causa contravencional 1-2020-12139). La ejecución de la sentencia fue gestionada por la Secretaría de Infraestructura, mediante licitación privada, resultando adjudicataria la empresa IN & SE SA. La demolición fue ejecutada el 14 de mayo de 2021.
Que en el expediente Nº 0-7890/2022 se agregaron copias del expediente que tramitó ante el órgano jurisdiccional municipal. En ese sentido, se observa que a fs. 25 obra agregada copia de actuación suscripta por el Secretario del Tribunal de Faltas, Dr. Sergio Adrián Rodríguez, que da cuenta, según averiguaciones que hiciera y que constan en el mismo informe, que la titular de dominio del inmueble que es objeto de las presentes actuaciones habría fallecido y no consta la existencia de herederos conocidos.
Que por otro lado, se observa que en la actuación notarial agregada en copia simple por la interesada (fs. 5), se relaciona que la peticionante invoca una posesión de más de cuatro años desde la fecha en que se labró la misma (16/6/2022), cuestión que admite concluir que sería preexistente a la demolición de la vivienda que fuera ejecutada por este Municipio.
Que no obra registro o información agregada al expediente que ilustre sobre reclamos administrativos y/o judiciales que pudiera haber instado la interesada en defensa de la posesión que invoca, pese a que en el mes de mayo de 2021 fue demolida la vivienda hasta entonces existente en la parcela (fs. 44) y, desde antes de esa fecha y hasta la actualidad, el Municipio custodia la parcela.
Que en ese contexto, no lucen sinceras las invocaciones efectuadas por la peticionante y, más aun, se contraponen con el interés del Municipio que, en los hechos, viene ejerciendo la custodia de la parcela sin contradicción alguna, salvo la que surge de la tramitación del presente expediente.
Que el asesor legal mencionado sugiere se desestime el pedido de vinculación tributaria solicitado por la interesada, atento que no se encuentra acreditado en estas actuaciones que su situación frente a la parcela reseñada más arriba, encuadre en el artículo 84 inc. c) de la Ordenanza Fiscal y en el Decreto 1089/2022.-
Que asimismo sugiere, se instruya al Delegado con competencia territorial en el lugar de emplazamiento de la parcela, para que adopte todas las medidas que resulten necesarias para la conservación de la tenencia que detenta el Municipio.
Por todo lo expuesto, EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, en uso de las facultades que le confiere el artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Denegar la solicitud de vinculación tributaria a la señora Maricel Beatriz CARNIEL DNI 21.778.878 sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circ III – Secc. C – Mz 244 - Parcela 10 – Partida 8210, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución, y a los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0-7890/2022.-
SEGUNDO: Instruir a la Delegación Municipal de Ingeniero White para que adopte todas las medidas que resulten necesarias para la conservación de la tenencia que detenta el Municipio sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circ III – Secc. C – Mz 244 - Parcela 10 – Partida 8210.-
TERCERO: Cúmplase, publíquese, dése al R.O., con nota de estilo comuníquese a la interesada remitiendósele fotocopia autenticada de la presente Resolución; tomen conocimiento los Departamentos Territorial, Planeamiento Urbano y Contralor de Obras Particulares, la Delegación Municipal de Ing. White, y demás dependencias municipales que correspondan. Hecho, ARCHÍVESE.-