Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1698
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 06/07/2023
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1 de los expedientes N° 0-3397/2019 y 0-4198/2022, por CECIL SUSANA SABGA, D.N.I. Nº 20.485.274, Contribuyente Nº 86.646, mediante la cual solicita se la exima del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, por encontrarse encuadrada en la Ley Provincial Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, de la documentación aportada por la contribuyente CECIL SUSANA SABGA, D.N.I. Nº 20.485.274, Contribuyente Nº 86.646 y el análisis realizado por el Departamento Recaudación se desprende que, la actividad llevada a cabo por la recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925;
Que, el Departamento Recaudación a fojas 10 y 14 del Expediente N° 0-4198/2022, sugiere se exima a CECIL SUSANA SABGA, D.N.I. Nº 20.485.274, Contribuyente Nº 86.646 del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, por el término de dos años, desde el 20/03/2019 y hasta el 20/03/2021 e informa que no registraba obligaciones pendientes de pago con este municipio;
Que, el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:
a.Tasa por habilitación.
b.Tasa por inspección de seguridad e higiene.
c. Tasa por inspección veterinaria.
d. Derechos de construcción.
e. Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones
f. Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233);
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º): Eximir a CECIL SUSANA SABGA, D.N.I. Nº 20.485.274, Contribuyente Nº 86.646, en el pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, desde el 20/03/2019 y hasta el 20/03/2021, por el término de dos años, de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza Nº 12.925 y los considerandos de la presente resolución.-
ARTÍCULO 2º): Hágase saber a CECIL SUSANA SABGA, D.N.I. Nº 20.485.274, Contribuyente Nº 86.646 que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Nº 12.925 “Las Beneficiarias de la presente y por el plazo que a las mismas se le otorguen, quedan obligadas a suministrar los informes que se les requieran referidos a la actividad promovida, facilitar las verificaciones y/o fiscalizaciones de sus instalaciones a solicitud de la autoridad municipal. Todo incumplimiento a las obligaciones emergentes de la presente, hará pasible a la beneficiaria de las siguientes sanciones:
ARTÍCULO 3º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVAR.-