Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2269

Decreto Nº 2269

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/06/2023

Visto las presentes actuaciones en las que se celebra la firma de un Convenio Marco de Colaboración entre la FUNDACION CIAN, representada por la Sra. María Carolina Piro, en su caracter de presidente de la institución, y la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA, representada en este acto por el señor Intendente Héctor Gay; con el fin de desarrollar acciones de cooperación y colaboración institucional,

Considerando que dicho convenio se suscribe con el fin de consolidar un proceso permanente de protección fundamentalmente a la población vulnerable de la ciudad, como acción transformadora del Estado, aunando esfuerzos operativos y de difusión con el propósito de reforzar la presencia y el rol institucional de ambos organismos en el desarrollo de políticas públicas tendientes a facilitar la implementación de diversas actividades socio preventivas afines, mejorando la calidad de vida de la población.

Que este convenio no limita el derecho de las instituciones a la formalización de acuerdos semejantes con otras instituciones, sin que dichas cuestiones impidan la continuidad del mismo, por lo que tendrá una vigencia de 2 años desde su suscripción, prorrogable automáticamente por iguales períodos, indefinidamente, hasta tanto una de las partes manifieste fehacientemente lo contrario.

Por lo expuesto precedentemente y teniendo en cuenta el visado de los convenios por parte de la Subsecretaría Legal y Técnica, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;

- D E C R E T A -

ARTICULO 1º)Aprobar en todas sus partes el Convenio Marco de Colaboración celebrado  entre la FUNDACION CIAN y la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA,  para el cumplimiento del objeto desarrollado en los considerandos de la presente; con una vigencia de dos (2) años desde su suscripción, prorrogable automáticamente por iguales períodos, indefinidamente, hasta tanto una de las partes manifieste fehacientemente su voluntad de rescindirlo según se establece en su cláusula CUARTA.-

ARTICULO 2°)- Cúmplase, remítase al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación ; dése al R.O. y ARCHIVESE.-