Boletines/General Villegas
Decreto Nº 236/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 09/02/2023
VISTO:
El Expediente N° 1631/23, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Santa Regina, destinado a apoyo económico para el pago de servicios básicos, alquiler y alimentos, por un monto de Pesos siete mil quinientos ($7.500), para su evaluación; y
CONSIDERANDO:
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 20.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos siete mil quinientos ($7.500), destinado a apoyo económico para el pago de servicios básicos, alquiler y alimentos en la localidad de Santa Regina, conforme el siguiente detalle:
NOMBRE Y APELLIDO |
D.N.I |
IMPORTE |
Galeano, Luciana Mariela |
27.845.207 |
$ 2.000 |
Pico, Irma Nilda |
10.095.297 |
$ 1.500 |
Quiroga, Carlos Eduardo |
21.786.421 |
$ 2.000 |
Salgado, Pamela Florencia |
30.668.330 |
$ 2.000 |
|
TOTAL: |
$ 7.500 |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiación: |
110 |
Inciso: |
5 – Transferencias |
Partida Principal: |
1 - Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente |
Partida Subparcial: |
04 - Ayuda sociales a personas |
Programa: |
64 – Dirección de los Pueblos |
Actividad Prog: |
06 – Acción Social Directa Pueblos |
Importe: |
$ 7.500.- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y Secretaría de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.