Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 544
Chivilcoy, 08/05/2017
Reclamo de la empresa Camuzzi Gas Pampeana S.A.
Visto
el reclamo efectuado por la empresa CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A, mediante Expediente Administrativo N° 4031-180297, y
Considerando
que la reclamante no aporta ninguna prueba del hecho denunciado ni de la eventual responsabilidad de la comuna, limitándose a determinar sumas exorbitantes en concepto de gastos y daños sin fundamento alguno ni prueba de su correspondencia, y
Que del informe de la Secretaría de Obras Públicas, obrante en la presentes actuaciones, resulta que no existe responsabilidad de la Municipalidad de Chivilcoy en los supuestos daños, y
Que en consecuencia no existe ningún elemento que permita inferir que el municipio tiene responsabilidad y obligación de indemnización en los supuestos perjuicios ni reintegrar gastos.
Por ello;
El Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones, decreta:
Artículo 1°: No ha lugar al reclamo incoado por la peticionante CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. por no hallarse acreditado fehacientemente el hecho y los daños denunciados, según actuaciones obrantes en Expte. N° 4031-180297/17.
Artículo 2°: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.-