Boletines/Chivilcoy
Ordenanza Nº 8641
Chivilcoy, 28/04/2017
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su Sesión Pública Ordinaria realizada el día 27 de abril de 2017, al considerar el Expte. 4031-178579 Int 55 L, Caratulado, María Ines Merce – Carlos Alberto Merce sobre locación de Escuela de Estética, ha sancionado la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídase el contrato de locación celebrado entre la Municipalidad de Chivilcoy representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Guillermo Alejandro Britos como parte locataria y la Sra. Ana María Mercé, L.C 5.652.929 y el Sr. Carlos Alberto Mercé D.N.I 4.964.689 con domicilio en Av. Soarez Nº 109 como Locadores en el cual se cede en locación el inmueble con domicilio sito en la calle Rosetti Nº 220 de la ciudad de Chivilcoy nomenclatura catastral Circ. XVIII, Secc. B, Manz. 112, Parc. 10. con destino al funcionamiento de la escuela de Educación Estética Nº 250 en la órbita del Consejo Escolar de Chivilcoy, quedando prohibido cualquier cambio de destino. Según Expte.4031-178579 Int. 55 L.
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese y archívese.