Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 337
Chivilcoy, 03/04/2017
Becas Municipales
Visto
que se encuentra vigente la Ordenanza Nº8352/16 que dispone el otorgamiento de becas estudiantiles para alumnos de nivel primario, secundario, terciario y universitario domiciliados en el Partido de Chivilcoy, y
Considerando
que se han realizado oportunamente las inscripciones de los postulantes, las que han sido evaluadas por la Comisión Municipal de Becas de acuerdo a lo establecido en la citada Ordenanza
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Otórguense las becas estudiantiles establecidas en la Ordenanza Nº8352/16 a la nómina de beneficiarios indicados en el Anexo I de acuerdo a la evaluación realizada por la Comisión Municipal de Becas.
Artículo 2º: El monto de las becas quedará establecido de la siguiente manera:
Nivel primario: $400,=
Nivel secundario: $500,=
Nivel terciario y universitario: $600,=
Artículo 3º: El monto total mensual a abonar surge de aplicar los importes indicados en al artículo 2º del presente decreto a la nómina de beneficiarios establecida por la Comisión Municipal de Becas en el Anexo I.
Artículo 4º: La suma otorgada será imputada a la partida 5.1.3.0 Becas, 17.01.00 Coordinación de Proyectos Educativos, 132 de Origen Provincial, 1191300 Fondo de Educación, 1110115000, Secretaría de Cultura y Educación.
Artículo 5º: Comuníquese, publíquese, tome nota quién corresponda, dése al R.O., archívese.