Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 332
Chivilcoy, 31/03/2017
Recurso Reconsideracion agente municipal
Visto
la Carta Documento presentada, por el Sr. Walter Darío Echenique, en el marco del expediente N° 4031-179162/16, solicitando se reconsidere el decreto Nº 258, y
Considerando
las manifestaciones expuestas en el recurso de reconsideración, por parte del Sr. Echenique, corresponde realizar el siguiente conteste:
Que lo alegado por Ud. No es fundamento suficiente y válido para exonerarse de responsabilidad.
Niego que el proceso sumarial llevado adelante, adolezca de vicios que lo tornen antijurídico.
Niego que se hayan violentado sus derechos al debido proceso y de defensa. Ud prestó declaración y ofreció la prueba que considero hacía a su defensa y la misma hay sido producida y considerada en el procedimiento administrativo.
Niego categóricamente que se haya obligado a declarar falsamente a un agente Municipal ni a ninguna otra persona.-
Con respecto a su mención en tanto sostiene que me encuentro inhibido para la firma del decreto que intenta impugnar, cuestionando así mi imparcialidad le recuerdo que ya fueron expresados oportunamente los fundamentos para no hacer lugar a la misma no obstante digo: Es mi deber como Intendente Municipal, ante los hechos que fueron de público y notorio conocimiento y que involucraban a empleados de este Municipio a la vez que perjudican el erario municipal, presentarme y dar las explicaciones del caso en la medida de lo posible, haciendo saber a la ciudadanía que los hechos serían investigados y de encontrar responsabilidad los autores serían sancionados, sin que nada de eso importe un prejuzgamiento, pues se ha seguido el debido proceso administrativo, abriendo el sumario respectivo, nombrando a la instructora de dicho sumario según lo establecido por ley.-
Para todo lo demás me remito a las actuaciones y lo dicho por la Junta de Disciplina, que vale aclarar se encuentra legalmente constituida y entre sus miembros se encuentran representantes de los trabajadores, que también ratificaron lo actuado por la instrucción.
Por lo expuesto,
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de reconsideración.-
Artículo 2º: No hacer lugar a la revocatoria solicitada y confirmar en todo el Decreto N° 258/17 que dispone el cese del Sr. ECHENIQUE WALTER DARIO.-
Artículo 3º: Notifíquese en forma la resolución.-
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.-