Boletines/Lobos
Decreto Nº 371/2023
Lobos, 06/02/2023
Eximicion de tasas
Visto
El expediente N° 4067-5407/2017 por el cual el Sr. RUBEN OSCAR RODRIGUEZ, D.N.I. N° 26.014.773., se presenta a fs. 41 y solicita la eximición del pago correspondiente a la Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos y Tasa Retributiva para Servicios Sanitarios respecto a la Partida N° 29442 y correspondiente al año 2023, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza N° 2825/16 y Decreto Reglamentario N° 694/16.
Considerando
Que la Ordenanza N° 2277 determina la eximición del 100% del pago de las Tasas por Servicios Generales Urbanos a los Bomberos Voluntarios que sean propietarios de viviendas únicas destinadas a habitación permanente.-
Que mediante Ordenanza N° 2825 se modifica el artículo 1° de la Ordenanza referida en el párrafo anterior, y se establece la eximición del pago de la Tasa Retributiva por Servicios Sanitarios y Tasa por Servicios Generales Urbano y Suburbanos en una única vivienda familiar de uso permanente, Tasa por automotores n la medida de resultar vehículo único, Tasa por expedición de Licencia de Conductor de Clase Especial para la Categoría de Automotores de Seguridad y/o emergencias, Tasa de Estacionamiento Medido, a los ciudadanos pertenecientes al Cuartel Central de la Sociedad Bomberos Voluntarios de Lobos y sus respectivos destacamentos, conforme lo establecido en la Ordenanza Impositiva 2378 y sus modificaciones.
Que conforme a lo expuesto en el presente expediente, el Sr. Secretario de Hacienda y Producción informa que la presente solicitud se encuadra en lo establecido por la Ordenanza N° 2277/05, Ordenanza Nª 2825/16 y Decreto Reglamentario Nº 694/16.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Exímase al Sr. RUBEN OSCAR RODRIGUEZ, D.N.I. N° 26.014.773., del pago de Tasa Retributiva para Servicios Sanitarios y Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos para el período 2023, respecto de la Partida N° 29442, N.C. Circ. I, Secc. D., Manzana 343, Parcela 2 P, por los motivos expuestos “ut supra”.
ARTÍCULO 2º: Dese copia del presente Decreto a la Dirección de Rentas y Dirección de informática a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº: 371/2023
Roberto C. Di Tomaso Ing. Jorge O. Etcheverry
Secretario de Hacienda y Producción Intendente Municipal
Municipalidad de Lobos Municipalidad de Lobos