Boletines/Lobería
Decreto Nº 1424-23
Lobería, 17/07/2023
OTORGASE licencia anual por vacaciones a la Jueza de Faltas. DELEGASE, las funciones que le competen en la Asesora Letrada.
Visto
Lo dispuesto por los artículos 107, 108 inciso 17º, 178 y 181 tercer párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el artículo 29 del Decreto Ley Nº 8.751/77 Código de Faltas Municipales, el Decreto Nº 1.091/12, el artículo 17 del Anexo III de la Ordenanza Nº 2.721/22, la solicitud de licencia anual por vacaciones presentada por la Jueza de Faltas; y
Considerando
Que, la Jueza de Faltas Municipal Dra. María Victoria Babich, presentó solicitud de licencia anual por vacaciones a partir del 14 y hasta el 24 de julio de 2023, en el marco de lo dispuesto en el artículo 17 del Anexo III de la Ordenanza Nº 2.721/22 –Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2023-;
Que, de acuerdo a la legislación vigente el Sr. Intendente Municipal reemplaza al titular de esa área cuando éste haga uso de licencia;
Que, en esta oportunidad, el jefe comunal se excusa de ejercer esta función en virtud del cúmulo de tareas existente, por lo que delega en la Asesora Letrada Roberta Climent, el ejercicio del referido cargo, durante los días de licencia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 181 tercer párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que, consecuentemente resulta necesario plasmar esta situación a través del dictado del acto administrativo de rigor;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en ejercicio de las facultades y atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente:
DECRETO
ARTICULO 1º OTORGASE, a partir del 14 y hasta 24 de julio de 2023, licencia anual por vacaciones a la Jueza de Faltas Municipal MARÍA VICTORIA BABICH, D.N.I. Nº 29.019.891, Legajo Nº 1.815, en el marco de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ordenanza Nº 2.721/22 – Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2023-.
ARTICULO 2º DELEGASE, las funciones que le competen al Juez de Faltas Municipal, en la Asesora Letrada ROBERTA CLIMENT, D.N.I. Nº 36.772.920, Legajo Nº 10.775, durante el período indicado en el artículo precedente, en virtud de la excusación del Sr. Intendente Municipal y de acuerdo a lo normado por el artículo 181 tercer párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 3º Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Oficina de Personal y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.