Boletines/Lobería

Decreto Nº1414-23

Decreto Nº 1414-23

Lobería, 14/07/2023

ADJUDÍCASE el CONCURSO DE PRECIOS Nº 52/23.

Visto

Lo dispuesto en los artículos 107, 108, 153 y 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, los artículos 182 y 193 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Nº 1.309/23; y

Considerando

QUE, por Decreto Nº 1.309/23 se procedió al llamado del Concurso de Precios Nº 52/23 a fin de pedir cotización para la compra de leche entera en polvo fortificada destinada a la Dirección de Desarrollo Social;
QUE, de acuerdo al Acta de Apertura de propuestas, tres (03) invitados se presentaron en este concurso, reuniendo las condiciones exigidas para el llamado;
QUE, la Dirección de Desarrollo Social emite dictamen aconsejando adjudicar esta compulsa al proveedor ALVAREZ ANGELA DEL CARMEN por ser la oferta más económica y conveniente a los intereses de la comuna;
QUE, por lo expuesto precedentemente, resulta necesario documentar la adjudicación del concurso, mediante el dictado del correspondiente acto administrativo;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- ADJUDÍCASE el CONCURSO DE PRECIOS Nº 52/23, ordenado por Decreto Nº 1.309/23, para la compra de leche entera en polvo fortificada destinada a la Dirección de Desarrollo Social, al proveedor ALVAREZ ANGELA DEL CARMEN por la suma de Pesos UN MILLON TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA                ($ 1.039.950.-).
ARTÍCULO 2.- ENVÍENSE copias del presente en carácter de notificación.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la ejecución del presente Concurso será imputado a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 29 Dirección de Desarrollo Social - 02 Asistencia Directa – 5.1.4.0. Leche en polvo…” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Dirección de Desarrollo Social, Contaduría Municipal, Oficina de Compras, Asesoría Letrada y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decreto, cumplido, ARCHÍVESE.