Boletines/Lobería
Decreto Nº 1409-23
Lobería, 14/07/2023
DESÍGNASE, en carácter de destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.721/22; y
Considerando
QUE, la Directora Administrativa del Sistema Municipal de Salud ING. EUGENIA ARCHIERI, solicita la designación de personal destajista, a partir del 07 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, para cubrir guardias en el servicio de cirugía del Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”;
QUE, lo solicitado se debe a no contar con personal suficiente en la planta de agentes municipales;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, en carácter de destajista, a partir del 07 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, a la persona que se detalla, para cubrir guardias en el servicio de cirugía del Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
D ABRAMO, MARIO SEBASTIAN 24.413.408
ARTÍCULO 2.- El monto a abonar por guardia trabajada se hará efectivo de acuerdo al siguiente detalle:
Bruto IPS Patronal Neto
GUARDIA ACTIVA DIA DE SEMANA $ 82.800 $ 9.936 $ 71.208
GUARDIA ACTIVA FIN DE SEMANA Y FERIADO $ 91.800 $ 11.016 $ 78.948
GUARDIA PASIVA DIAS DE SEMANA $ 41.400 $ 4.968 $ 35.604
GUARDIA PASIVA FIN DE SEMANA Y FERIADO $ 45.900 $ 5.508 $ 39.474
Traslados a Necochea: quince por ciento (15%) valor de la guardia
Traslados a Mar del Plata y Tandil: treinta por ciento (30%) valor de la guardia
Traslados a La Plata y Buenos Aires: sesenta por ciento (60%) valor de la guardia
ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 23.01 Dirección Hospital Municipal – 1.2.1.0. Retribuciones del cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Dirección Administrativa del Sistema Municipal de Salud, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.