Boletines/Lobería
Decreto Nº 1368-23
Lobería, 11/07/2023
DISPÓNESE la instrucción de Sumario Administrativo.
Visto
Lo dispuesto por los artículos 107 y 108 inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Nº 14.656, el artículo 37º de la Ordenanza Nº 1.973/15 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la nota del ciudadano Sr. Julio Del Hoyo, D.N.I. N° 14.829.373, el dictamen de Asesoría Letrada; y
Considerando
Que, mediante la nota citada el Sr. Julio Del Hoyo, D.N.I. N° 14.829.373, manifiesta que, el agente municipal Miguel Ángel Contreras, D.N.I. N° 16.147.931, Legajo N° 1.213, quien se desempeña como chofer del transporte municipal con trayectoria hasta la localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería, lo efectúa a gran velocidad y, como usuario, ha presenciado situaciones riesgosas para los pasajeros, frenando intempestivamente, provocando caídas en algunas oportunidades;
Que, la Asesoría Letrada interviene y solicita iniciar el Sumario Administrativo pertinente a efectos de resolver, bajo condiciones y garantías estatutarias, las circunstancias, motivo de notificación;
Que, en atención a lo planteado y en el marco de lo dispuesto por la legislación vigente, deviene necesaria la investigación y esclarecimiento de lo sucedido;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1º DISPÓNESE la instrucción de Sumario Administrativo, a efectos de esclarecer los hechos descriptos en la nota del Sr. Julio Del Hoyo, D.N.I. N° 14.829.373, quien manifiesta que, el agente municipal Miguel Ángel Contreras, D.N.I. N° 16.147.931, Legajo N° 1.213, que se desempeña como chofer del transporte municipal con trayectoria hasta la localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería, lo efectúa a gran velocidad y, como usuario, ha presenciado situaciones riesgosas para los pasajeros, frenando intempestivamente, provocando caídas en algunas oportunidades.
ARTÍCULO 2º La Asesoría Letrada adoptará todas las medidas concernientes a la investigación del presente sumario recabando declaraciones testimoniales e informes de las oficinas competentes.
ARTÍCULO 3º Desígnase Instructor Sumariante a la agente municipal Marianela Picco, D.N.I. N° 31.554.807, Legajo N° 10.375, y facúltase en caso de ausencia a la agente municipal Natalia Mihamed, D.N.I. N° 26.576. 921, Legajo Nº 1.827, a diligenciar oficios, cédulas, dejar notas, tomar declaraciones testimoniales y demás actos de estilo, con las facultades y limitaciones de la ley.
ARTÍCULO 4º Toman conocimiento Dirección de Cultura, Dirección de Personal y Recursos Humanos, Asesoría Letrada y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.