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Decreto Nº1367-23

Decreto Nº 1367-23

Lobería, 11/07/2023

EXIMASE al pago del Impuesto Automotor para desarrollar actividades como Transporte Escolar.

Visto

Lo dispuesto en los artículos 40, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Fiscal; y

Considerando

QUE, la “Asociación Cooperadora de la Escuela Agropecuaria Nº 1 “Capitán de Fragata Pedro E. Giachino”, inscripta en el registro de Entidades de Bien Público Nº 8 Tipo “A”, solicita la exención al pago del Impuesto Automotor sobre el vehículo de su propiedad Dominio FYX 602, habilitado para desarrollar actividades como Transporte Escolar;
QUE, dicha solicitud se encuadra en los términos del artículo 161 de la Ordenanza Fiscal vigente para la tasa referenciada, que dispone la exención para los vehículos propiedad de escuelas y colegios, y toda aquella persona que sea titular del rodado y posea Certificado Único de Discapacidad;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTICULO 1º EXIMASE a la “Asociación Cooperadora de la Escuela Agropecuaria Nº 1 “Capitán de Fragata Pedro E. Giachino”, Entidad de Bien Público Nº 8 Tipo “A”, al pago del Impuesto Automotor sobre el vehículo de su propiedad Dominio FYX 602, habilitado oportunamente para desarrollar actividades como Transporte Escolar.
ARTICULO 2º La exención a que se refiere el artículo precedente tiene vigencia por el Ejercicio Fiscal 2023 y se mantendrá mientras no se modifique el destino, afectación o condiciones en que fue otorgada, conforme a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 3º Envíese copia del presente a la citada Institución, a modo de fehaciente comunicación.
ARTICULO 4º Tomen conocimiento Dirección de Ingresos Públicos y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHIVESE.