Boletines/Lobería
Decreto Nº 1364-23
Lobería, 11/07/2023
ACEPTASE la DECLARACIÓN DE INCOMPETENCIA. REGISTRASE el CONTRATO DE SERVICIOS.
Visto
Lo dispuesto por los artículos 107, 108 y 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos Arq. Daniel Masón informa la imposibilidad de llevar adelante tareas técnicas de certificación de avance de obra, solicitud y seguimiento de pedidos, presupuestos de materiales, asignación de tareas a los trabajadores e inspección y dirección de obra, por lo que resulta necesario contratar a un profesional para tal fin;
QUE, la Asesoría Letrada emite dictamen favorable y solicita se declare incompetente a la referida dependencia, en el marco de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 148º;
QUE, consecuentemente se celebró un Contrato de Servicios con el MMO Mario Gabriel Ramírez, con el objeto de llevar a cabo los trabajos detallados precedentemente, a partir del 01 de julio de 2023 por un plazo de tres (03) meses;
QUE, a los efectos de dejar constancia de lo actuado, resulta necesario registrar el instrumento referido mediante el dictado del presente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en uso de atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1.- ACEPTASE la DECLARACIÓN DE INCOMPETENCIA manifestada por la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos en virtud de la imposibilidad de llevar adelante tareas técnicas de certificación de avance de obra, solicitud y seguimiento de pedidos, presupuestos de materiales, asignación de tareas a los trabajadores e inspección y dirección de obra.
ARTÍCULO 2.- REGISTRASE el CONTRATO DE SERVICIOS, celebrado entre la Municipalidad de Lobería, representada por el INTENDENTE MUNICIPAL JUAN JOSÉ FIORAMONTI y el MMO MARIO GABRIEL RAMÍREZ, con el objeto de llevar a cabo las tareas detalladas en el artículo 1°, a partir del 01 de julio de 2023 por un plazo de tres (03) meses.
ARTÍCULO 3.- El referido instrumento legal consta en el Libro de Contratos Año 2023 bajo el número 331.
ARTÍCULO 4.- Impútese a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 37 Dirección de Obras de Infraestructura – 82 Ampliación de la Red de Pavimentos Urbanos – 3.4.9.0. Otros servicios – 132 De origen provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5.- Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Contaduría, Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.