Boletines/Lobería
Decreto Nº 1362-23
Lobería, 11/07/2023
ACEPTASE la DECLARACIÓN DE INCOMPETENCIA. REGISTRASE el CONTRATO DE SERVICIOS.
Visto
Lo dispuesto por los artículos 107, 108 y 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos Arq. Daniel Masón manifiesta la imposibilidad de llevar adelante funciones técnicas de certificación de avance de obra, solicitud y seguimiento de pedidos, presupuesto de materiales, asignación de tareas a los trabajadores, inspección y dirección de obra, entre otras, en virtud de la cantidad inusual de proyectos que se desarrollan bajo esa órbita;
QUE, la Asesoría Letrada emite dictamen favorable y entiende que se debe declarar incompetente a la referida dependencia, en el marco de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 148º;
QUE, consencuentemente se celebró un Contrato de Servicios con la Arq. Betiana Cortopasso, con el objeto de realizar los trabajos detallados más arriba, desde el 01 de julio de 2023 por el término de tres (03) meses;
QUE, a los efectos de dejar constancia de lo actuado, resulta necesario registrar el instrumento celebrado mediante el dictado del presente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en uso de atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1.- ACEPTASE la DECLARACIÓN DE INCOMPETENCIA manifestada por la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos para llevar a cabo funciones técnicas, certificaciones de avance de obra, seguimiento de pedidos, presupuesto de materiales, asignación de tareas a los trabajadores, inspección y dirección de obra, entre otras, en virtud de la cantidad inusual de proyectos que se desarrollan desde la referida dependencia.
ARTICULO 2.- REGISTRASE el CONTRATO DE SERVICIOS, celebrado entre la Municipalidad de Lobería, representada por el INTENDENTE MUNICIPAL JUAN JOSÉ FIORAMONTI y la Arq. BETIANA CORTOPASSO, con el objeto de realizar los trabajos referidos en el artículo precedente, desde el 01 de julio de 2023 por un plazo de tres (03) meses.
ARTÍCULO 3.- El referido instrumento legal constas en el Libro de Contratos Año 2023 bajo el número 329.
ARTICULO 4.- Impútese a la partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 37 Dirección de Obras de Infraestructura – 04 Construcción Jardín Maternal – 5.2.2.0. Transferencias a instituciones de enseñanza – F.F. 132 De Origen provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5.- Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Contaduría, Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.