Boletines/Lobería

Decreto Nº1358-23

Decreto Nº 1358-23

Lobería, 11/07/2023

DISPÓNESE la conclusión de las actuaciones realizadas en el Expediente EX-2023- 00028193 “Sumario administrativo"

Visto

Lo dispuesto por los artículos 107 y 108 inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Expediente N° EX-2023-00028193, el artículo 87 punto 4 del Decreto N° 4.161, reglamentario de la Ley 10.430, el Decreto N° 869/23, el dictamen de Asesoría Letrada; y

Considerando

Que, mediante Decreto N° 869/23 se dispuso la instrucción de un sumario administrativo a efectos de esclarecer los hechos descriptos por la agente municipal Vanesa Sisalli, D.N.I. N° 30.684.639, Legajo N° 2.215, quien manifiesta una supuesta situación de maltrato verbal por parte de la Dra. Cecilia Contín, D.N.I. N° 22.531.396, Legajo N° 1.806;
Que, según lo dispone el Decreto N° 4.161, Reglamentario de la Ley 10.430, en caso que la denuncia se efectuare por escrito, se citará al denunciante para que dentro de los tres (03) días ratifique el contenido de la misma y reconozca la firma que la suscribe, dejando constancia de lo actuado;
Que, según lo informado por la Asesoría Letrada, encontrándose debidamente notificada la Sra. Sisalli, no concurrió a ratificar la denuncia incoada, habiendo vencido holgadamente el plazo para ello, por lo que aconseja el archivo de las actuaciones;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
DECRETO

ARTÍCULO 1º DISPÓNESE la conclusión de las actuaciones realizadas en el Expediente EX-2023- 00028193 “Sumario administrativo a efectos de esclarecer los hechos descriptos por la agente municipal Vanesa Sisalli, D.N.I. N° 30.684.639, Legajo N° 2.215, quien manifiesta una supuesta situación de maltrato verbal por parte de la Dra. Cecilia Contín, D.N.I.    N° 22.531.396, Legajo N° 1.806” y PROCÉDASE a su archivo, en virtud de no presentarse la denunciante a ratificar la firma de lo manifestado por escrito, según lo dispone el Decreto N° 4.161, Reglamentario de la Ley N° 10.430.
ARTÍCULO 2º Tomen conocimiento Dirección Administrativa del Sistema Municipal de Salud, Dirección de Personal y Recursos Humanos, Asesoría Letrada y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.