Boletines/Lobería

Decreto Nº1197-23

Decreto Nº 1197-23

Lobería, 15/06/2023

ADJUDÍCASE en forma parcial el CONCURSO DE PRECIOS Nº 44/23.

Visto

Lo dispuesto en los artículos 107, 108, 153 y 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, los artículos 182 y 193 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Nº 1.134/23; y

Considerando

QUE, por Decreto Nº 1.134/23 se procedió al llamado del Concurso de Precios Nº 44/23 a fin de pedir cotización para la compra de alimentos destinados a la Dirección de Desarrollo Social;
QUE, de acuerdo al Acta de Apertura de propuestas, cinco (05) invitados se presentaron en este concurso, reuniendo las condiciones exigidas para el llamado;
QUE, la Dirección de Desarrollo Social emite dictamen y aconseja adjudicar esta compulsa por ítems, a los proveedores que ofrecieron las ofertas más económicas y convenientes a los intereses de la comuna;
QUE, por lo expuesto precedentemente, resulta necesario documentar la adjudicación del concurso, mediante el dictado del correspondiente acto administrativo;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- ADJUDÍCASE en forma parcial el CONCURSO DE PRECIOS Nº 44/23, ordenadO por Decreto Nº 1.134/23 para la compra de alimentos destinados a la Dirección de Desarrollo Social, de acuerdo al dictamen emitido por esa dependencia, que consta en el documento orden N° 17 del expediente N° EX2023-000036489.
ARTÍCULO 2.- ENVÍENSE copias del presente en carácter de notificación.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la ejecución del presente Concurso será imputado a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 29 Dirección de Desarrollo Social - 02 Asistencia Directa – 5.1.4.0. Azúcar…” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Dirección de Desarrollo Social, Contaduría Municipal, Oficina de Compras, Asesoría Letrada y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decreto, cumplido, ARCHÍVESE.