Boletines/Lobería
Decreto Nº 1167-23
Lobería, 12/06/2023
ADJUDÍCASE el CONCURSO DE PRECIOS Nº 36/23.
Visto
Lo dispuesto en los artículos 107, 108, 153 y 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, los artículos 182 y 193 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Nº 983/23; y
Considerando
QUE, por Decreto Nº 983/23 se procedió al llamado del Concurso de Precios Nº 36/23 a fin de pedir cotización para la compra de aberturas destinadas al cementerio de la localidad de San Manuel;
QUE, de acuerdo al Acta de Apertura de propuestas, tres (03) invitados se presentaron en este concurso, reuniendo las condiciones exigidas para el llamado;
QUE, la Oficina de Compras emite dictamen y aconseja adjudicar esta compulsa por ítems, a los proveedores que ofrecieron las ofertas más económicas y convenientes a los intereses de la comuna;
QUE, por lo expuesto precedentemente, resulta necesario documentar la adjudicación del concurso, mediante el dictado del correspondiente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ADJUDÍCASE el CONCURSO DE PRECIOS Nº 36/23, ordenado por Decreto Nº 983/23, de la siguiente manera:
- Los ítems 1, 5 y 6 al proveedor “SERRANO NORMA G.”, por la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($ 990.325.-).
- Los ítems 2, 3 y 4 al proveedor “CEIRANO PABLO”, por la suma de PESOS QUINIENTOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 500.950.-).
ARTÍCULO 2.- ENVÍENSE copias del presente en carácter de notificación.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la ejecución del presente Concurso será imputado a la Partida: “1110102000 Secretaría de Gobierno – 24 Delegación San Manuel – 2.7.4.0. Ventana de Aluminio…” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Contaduría Municipal, Oficina de Compras, Asesoría Letrada y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decreto, cumplido, ARCHÍVESE.