Boletines/Lobería

Decreto Nº1128-23

Decreto Nº 1128-23

Lobería, 06/06/2023

ACEPTASE la DECLARACIÓN DE INCOMPETENCIA. REGISTRASE el CONTRATO,

Visto

Lo dispuesto por los artículos 107, 108 y 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y

Considerando

QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos Arq. Daniel Masón resulta necesario contratar personal técnico para llevar adelante las certificaciones de avance de obra, seguimiento de pedidos, presupuesto de materiales, asignación de tareas a los trabajadores, inspección y dirección de obra, entre otras, en virtud de la cantidad inusual de proyectos que se desarrollan desde la referida dependencia;
QUE, la Asesoría Letrada emite dictamen favorable a lo solicitado, declarando incompetente la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, según lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 148º;
QUE, consecuentemente la Municipalidad de Lobería suscribió un Contrato de Servicios con la Arq. Gisele Elizabeth Valenzuela, con el objeto de realizar los trabajos detallados más arriba;
QUE, a los efectos de dejar constancia de lo actuado, resulta necesario registrar el instrumento celebrado mediante el dictado del presente acto administrativo;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en uso de atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:
DECRETO

ARTÍCULO 1.- ACEPTASE la DECLARACIÓN DE INCOMPETENCIA manifestada por la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos para llevar a cabo tareas técnicas, certificaciones de avance de obra, seguimiento de pedidos, presupuesto de materiales, asignación de tareas a los trabajadores, inspección y dirección de obra, entre otras, en virtud de la cantidad inusual de proyectos que se desarrollan desde la referida dependencia.
ARTICULO 2.- REGISTRASE el CONTRATO celebrado entre la Municipalidad de Lobería, representada por el INTENDENTE MUNICIPAL JUAN JOSÉ FIORAMONTI y la Arq. GISELE ELIZABETH VALENZUELA, con el objeto de prestar servicios en el área de la oficina técnica de la dependencia referida precedentemente.
ARTÍCULO 3.- El referido instrumento legal constas en el Libro de Contratos Año 2023 bajo el número 289.
ARTICULO 4.- Impútese a la partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 01.01 Conducción, Administración y Formulación de Políticas de Obras y Servicios Públicos - 3.4.9.0. Otros servicios” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5.- Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Contaduría, Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.