Boletines/Lobería
Decreto Nº 1119-23
Lobería, 06/06/2023
REGÍSTRASE la CLÁUSULA MODIFICATORIA.
Visto
Lo dispuesto por los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Nº 2.721/22, el Decreto Nº 221/23; y
Considerando
QUE, la Municipalidad de Lobería suscribió un Contrato con el Instituto de Imagen Médica de Alta Complejidad S.A. (I.M.A.C S.A.) de la ciudad de Necochea, para prestar servicio en la especialidad Diagnóstico por Imágenes;
QUE, a través de la firma de una cláusula se modifica la retribución, siendo necesaria su registración mediante el acto administrativo de rigor;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRASE la CLÁUSULA MODIFICATORIA de la cláusula sexta del contrato oportunamente celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE LOBERÍA, representada por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL JUAN JOSÉ FIORAMONTI y el INSTITUTO DE IMAGEN MÉDICA DE ALTA COMLEJIDAD S.A. (I.M.A.C. S.A.) de la ciudad de Necochea, representado por el DR. OSCAR H. FACHINAT, para cubrir el servicio en la especialidad Diagnóstico por Imágenes.
ARTÍCULO 2º El referido instrumento legal consta en el Libro de Contratos Año 2023 bajo el número 281.
ARTÍCULO 3º Los gastos que demande la aplicación del Contrato, serán imputados a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 23.01 Dirección Hospital Municipal – 3.4.2.0 Médicos y sanitarios” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Contaduría, Dirección Administrativa del Sistema Municipal de Salud y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.