Boletines/Lobería
Decreto Nº 1063-23
Lobería, 30/05/2023
REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 029/23; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Aga, ubicada en calle Brown y Guido de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 029/23, que realizó trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, el 22 de mayo de 2023;
QUE, atento a no haberse presentado lo requerido en tiempo y forma corresponde registrar la asignación de los trabajos realizados;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista designado por Decreto Nº 029/23, SR. DIEGO BORELLO, D.N.I. Nº 32.141.376, que realizó trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Aga, ubicada en calle Brown y Guido de esta ciudad, el 22 de mayo de 2023.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas realizadas y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Tendido de cañerías de cloacas $ 26.012,31
Realizar cámara de inspección $ 18.849,76
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS CON CERO SIETE CENTAVOS ($ 44.862,07.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($ 38.581,38.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S.$ 5.383,45. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional - 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.