Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº675/23

Decreto Nº 675/23

Hipólito Yrigoyen, 22/05/2023

Expediente Nº 4057-  3414/23.-

DECRETO Nº 675/23.-

Visto

Las actuaciones administrativas Expediente Nº 4057-3414/23, mediante las cuales,  la Administración  del  Hospital Municipal solicita la adquisición de, cámara  de  Video Laparoscopia Full HD 1080,  que  cuente  con  funciones  Laparoscopia, Cistoscopia, Urología, Artroscopia, y Fuente de  Luz LED con potencia mínima de 250 w,  para  ser  utilizada n quirófano  del  Hospital Municipal Dr. Saverio Galvagni, imprescindible para  el  adecuado  desempeño y  seguro  en las  Cirugías y procedimientos  que  allí  se  realizan.-

Considerando

Que  el  único  efector  de  Salud  en el  Distrito de  Hipólito Yrigoyen  el  Hospital Municipal   Dr. Saverio M. Galvagni, en  el  mismo  se  realizar  las intervenciones  médicas  de  toda  la  comunidad, asimismo  la  adquisición  de    este  material mejora y fortalece acciones con incidencia directa en el desarrollo con integración regional, incluso social, y promoción de la calidad de vida de los habitantes del distrito.-

Que en este sentido,  la  Administración del  Hospital Municipal solicita,  este  material  para  ser  utilizado en quirófano  del  Hospital Municipal Dr. Saverio Galvagni, imprescindible para  el  adecuado  desempeño y  seguro  en las  Cirugías y procedimientos  que  allí  se  realizan, lo cual se realiza mediante  concurso  de  precio.-

Que consecuentemente,  la Dirección requirente solicita el inicio de expediente 4057-3414/23 a fin del trámite del procedimiento específico de contratación.-

Que por su parte, la Ley Orgánica para las Municipalidades establece en el art. 283 bis la actualización de los valores  que rigen en relación a los artículos 133, 138, 145, 151, 152, 159, 191 y 223 de la misma.-

Que previamente la Dirección de Compras y  Secretaria de Asuntos Legales se ha expedido en cuanto al procedimiento para la adquisición, comprendiéndose conforme lo prescribe el art. 133, 153 y conc,  y 283 bis  de la Ley Orgánica para las Municipalidades, correspondiendo llamar a Concurso de precios.-

Que la Contaduría Municipal se ha expedido en relación a las partidas con las cuales serán atendidas las erogaciones pertinentes que demanden la obra.-

Que conforme proyecto que consta en los mencionados obrados la adquisición se atenderá con fondos provenientes de Origen Provincial, se imputará a la jurisdicción 1110104000- SECRETARIA DE SALUD PÚBLICA, Categoría Programática: 16:00.00- Hospital Municipal, partida de gasto 4.3.3.0 – Equipo Sanitario y de Laboratorio, Fuente de Financiamiento 132:  de Origen Provincial, Recursos 17.5.01.19- Plan Nacer. -

Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: LLAMESE  A CONCURSO DE PRECIOS Nº  03/ 2023, para  la  adquisición de cámara  de  Video Laparoscopia Full HD 1080,  que  cuente  con  funciones  Laparoscopia, Cistoscopia, Urología, Artroscopia, y Fuente de Luz LED con potencia mínima de 250 w, para  ser  utilizada en quirófano  del  Hospital Municipal Dr. Saverio Galvagni, imprescindible para  el  adecuado  desempeño y  seguro  en las  Cirugías y procedimientos  que  allí  se  realizan.-

 

ARTICULO SEGUNDO: FÍJESE la fecha de apertura de sobres de ofertas para el día 02 de Junio de 2023 11.30 HS. en la Oficina de Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.

                                                                                                                            

 ARTICULO TERCERO: FÍJESE de fecha de entrega de propuestas hasta el día 02 de junio de 2023, hasta el horario de 11.00 hs, en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. -

 

ARTICULO CUARTO:  Establézcase como presupuesto Oficial la suma de PESOS cuatro millones treinta y  nueve  mil cuatrocientos  setenta  y  uno  con veinte  centavos ($ 4.039.471,20).-

 

ARTICULO QUINTO: ESTABLEZCANSE los siguientes requisitos de presentación de cotización: a) Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. b) La formulación de la oferta implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones pactadas en el presente Decreto y su sometimiento a todas sus disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y Reglamento de Contabilidad.  c) Las ofertas deberán confeccionarse en forma clara y precisa, y deberán presentarse en el formulario que al efecto extienda la Dirección de Compras o de la forma que la misma lo establezca. d) Toda la documentación que integre la oferta o precio deberá estar foliada en todas sus hojas y firmada por quien detente el uso de la firma social o poder suficiente, en su caso. Si se trata de una persona jurídica, la oferta la deberá realizar el representante legal de la sociedad  o apoderado con poder especial o general de administración. Asimismo se deberá acompañar la respectiva documentación a saber: contrato social, y acta de designación del representante, y copia de los instrumentos mencionados ut supra que acrediten el mandato, si correspondiere. e) Toda raspadura, tachadura o enmienda debe ser debidamente salvada por los oferentes, en caso contrario la oferta será rechazada.  f)  La cotización deberá efectuarse en pesos, deberá especificar el precio unitario del bien, en números y letras y en números por el total general de la propuesta. De existir discrepancias entre números y letras, prevalecerá el monto expresado en letras. Los precios unitarios cotizados, serán expresados en pesos con dos decimales. g) A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Comitente actúa como Consumidor Final. h) La Municipalidad de Hipólito Yrigoyen no reconocerá ningún cargo por ningún concepto, más allá de los precios cotizados. Todos los aranceles, tasas, fletes y aranceles o impuestos para inscripciones en los pertinentes registros de propiedad, y otros gastos involucrados, correrán por cuenta exclusiva de los Oferentes o de los  Adjudicatarios, según corresponda.-

 

ARTICULO QUINTO: DESE intervención a la Dirección de Compras para dar prosecución al Concurso de Precios, conforme lo establecido por el art 153 de la Ley Orgánica para las Municipalidades, y art. 191 y 192 del Reglamento de Contabilidad.- 

 

ARTICULO SEXTO: DESIGNESE a la Comisión Municipal Permanente de Evaluación de Ofertas de Concursos y Licitaciones, instituida por Decreto Nº 303 /16 como responsable de evaluar y dictaminar en relación a las ofertas recibidas, sobre la conveniencia, aceptación y/o rechazo de las mismas conforme las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad correspondiente. Al efecto, cumplidas que sea el procedimiento, DESE intervención a dicho Organismo para el cumplimiento del cometido para el cual fue creado.- 

 

ARTICULO SEPTIMO: ALCANCE DE LA  ADQUISICION. Las ofertas deberán cumplimentar con los requisitos detallados en los Anexos respectivos Los gastos de tramitaciones, aranceles, impuestos, derechos de construcción y/u honorarios profesionales que surjan para la presentación, estarán a cargo del  oferente adjudicatario. Para el cálculo de su cotización los oferentes deberán tener en cuenta: a) Los valores de,  materiales, calculados con los precios vigentes al díaque se formula la oferta. b) Las propuestas responderán a lo establecido en la documentación del concurso, estando obligado por consiguiente el oferente a considerar incluido en el precio estipulado, todo aquellos que, aunque no se especifiquen expresamente en la documentación, anexos, planos, planillas de locales, etc., resulten necesario a juicio de la Municipalidad, a los fines que se destinan.-

 

ARTÍCULO OCTAVO:  CONSULTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS. Los pliegos y toda la documentación que integra las bases del concurso y que forman parte del presente, podrán consultarse en la Dirección de Compras de  la  Municipalidad de Hipólito Yrigoyen, sito en calle Mariano Moreno y España.  Los Pliegos serán entregados sin costo por la Dirección de Compras a los invitados a cotizar en el marco del concurso de precios.-

 

ARTICULO NOVENO: CAPACIDAD CIVIL DEL PROPONENTE. Pueden ser Proponentes las personas físicas, empresas unipersonales y sociedades que reúnan las siguientes  condiciones:

1)        Que estén inscriptos en el Registro Municipal de proveedores.-

2)        Deben contar con todas las inscripciones y/o habilitaciones requeridas en el ordenamiento laboral, en el sistema de seguridad social, por las normas impositivas, nacionales, del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y por los demás organismos administrativos de control o fiscalización que correspondan por el tipo de actividad y/o por la naturaleza del sujeto.-

No serán admitidos como PROPONENTES:

a) los quebrados o concursados, mientras no hayan sido rehabilitados.-

b) los inhabilitados por condena judicial.-

c) las empresas que hayan incurrido en incumplimiento en contratos anteriores suscritos con la Provincia de Buenos Aires o la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.-

d) los que se encuentren suspendidos o inhabilitados en el Registro de proveedores de Obras Públicas de la Municipalidad.-

e) los que sufran inhibición general de bienes.-

f) los deudores morosos de la Municipalidad, salvo que regularicen su situación con anterioridad a la fecha fijada para la apertura de los sobres. De la misma  manera,  podrán presentar, junto con la propuesta económica, una nota de solicitud de compensación de deuda, en caso de resultar adjudicatario, lo cual se realizará con  el pago del anticipo, en su caso,  o con los respectivos pagos de certificados de obra.-

g) los que tengan pedido de concurso de acreedores o de quiebra en trámite.-

h) Los que revistieren el carácter de funcionarios, empleados, contratados o cualquier otra naturaleza de relación de empleo con el Estado  municipal.-

i) Tampoco los que se encuentren inhabilitados por el Banco Central de la República Argentina para operar en cuentas corrientes.-

 

ARTICULO DECIMO: PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

La presentación de las Propuestas se realizará en el lugar, fecha y hora que se indique en la convocatoria. Los invitados a cotizar deberán tener en cuenta al formular su propuesta que estará a su cargo herramientas y equipos y todo elemento que no quedando incorporado, resulte necesario para la ejecución de la misma. La cotización deberá incluir además de la carga y descarga de dichos materiales, en un todo de acuerdo a sus especificaciones técnicas. Asimismo, la presentación de la propuesta implica que el Oferente conoce y acepta la totalidad de las reglamentaciones y normas aplicables  del  Código Civil  y Comercial  vigente  y  Ley de Defensa  del  Consumidor.-

 

ARTICULO DECIMO SEGUNDO: CONDICIONES Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: La oferta se presentará redactada en idioma nacional, sin enmiendas, raspaduras o errores que no hayan sido debidamente salvados, con los precios expresados en moneda de curso legal en la República Argentina, en original, con todas sus hojas foliadas, firmadas y selladas por el oferente, representante legal o apoderado del mismo, en un único sobre cerrado sin ningún tipo de inscripción o membrete que identifique al Oferente, y que llevará como únicas leyendas las siguientes:

COMITENTE: MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN.

CONCURSO DE PRECIOS Nº 03/2023

DENOMINACION DE LA OBRA: la  adquisición de cámara  de  Video Laparoscopia Full HD 1080,  que  cuente  con  funciones  Laparoscopia, Cistoscopia, Urología, Artroscopia, y Fuente de  Luz LED con potencia mínima de 250 w.-

FECHA DE APERTURA: 29 de Mayo  de 2023

HORA DE APERTURA: 11.30 hs

LUGAR: SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA. MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN.

 

Las cotizaciones serán formuladas en pesos. Los proponentes deberán ofertar la ejecución de la obra por un precio total, con expresa exclusión de toda otra forma que implique la necesidad de un cálculo para llegar a dicho precio total.-

En caso de duda o discrepancia entre una cifra consignada en letras y en números, será válida la expresada en letras. También prevalecerá el original sobre la copia.-

El sobre contendrá:

Requisitos esenciales: Será indispensable para la admisibilidad de la propuesta, la presentación de la siguiente documentación:

a)  Acreditación por parte del firmante de la propuesta de su facultad para obligar a la

Empresa proponente.-

b) Formulario  de la propuesta, firmada por el oferente conforme ANEXO planilla de presupuesto y ANEXO Formulario de Oferta, en cuyo monto se considerarán incluidos todos los impuestos vigentes, gastos generales, beneficios, cargas sociales, costos financieros, etc. En relación con el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), el Comitente será considerado “IVA EXENTO” por lo cual el mismo no deberá estar discriminado. No deberá discriminarse Ingresos Brutos por considerarse un impuesto no trasladable.-

c) Depósito de la garantía de mantenimiento de la Propuesta o Póliza de Seguro de

Caución,  pagare.-

d)  Decreto de llamamiento a la Licitación, invitación a cotizar,  y Anexos  todo debidamente firmado por el oferente.-

 

Requisitos subsanables: La siguiente documentación podrá ser presentada en una instancia ulterior a la apertura de ofertas, siendo su incorporación necesaria para efectuar el análisis de las ofertas. Su presentación puede efectuarse conjuntamente con la oferta, de oficio por la empresa en una instancia posterior a la apertura de ofertas, o por requerimiento de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen por intermedio de las áreas técnicas competentes.-

Las empresas oferentes deberán acreditar inscripción en el Registro de proveedores de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.-

1) Antecedentes Empresarios.-

a) Domicilio del Proponente (Deberá denunciar su domicilio real y fijar domicilio legal en la ciudad de Henderson).

b)  Copia del Contrato Social o de los Estatutos, ambos debidamente inscriptos en la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA (IGJ), u organismo similar provincial,  o en el Registro Público de Comercio correspondiente, con copia de la última Acta de composición del Directorio y Órgano de Administración.-

c)  Declaración de que en caso de controversias que pudieren suscitarse, las partes aceptan expresamente la jurisdicción de la Justicia en lo Contencioso Administrativo con asiento en el Departamento Judicial de Trenque Lauquen, renunciando a cualquier otro Fuero o Jurisdicción que pudiera corresponder.-

d) Declaración Jurada de no estar incurso en ninguno de los impedimentos para contratar con la Municipalidad.-

 

ARTICULO DECIMO TERCERO: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA

Para cotizar en la presente licitación es obligatorio presentar la garantía de mantenimiento de la propuesta del UNO POR CIENTO (1%) del monto del Presupuesto Oficial la que podrá constituirse de las siguientes maneras: Dinero efectivo, depósito a la orden de la Municipalidad, giro o cheque certificado contra una entidad bancaria, pagare; Títulos de la deuda pública provincial o nacional que se tomarán por su valor nominal. Los intereses de los mismos pertenecen al titular y no acrecentarán la garantía;  Fianza o aval bancario que deberá establecer como condiciones esenciales; Seguro de caución constituido al efecto, Pagare.-

El depósito de garantía de mantenimiento de la Propuesta, cuando sea en efectivo, deberá efectuarse en el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Si la garantía se constituye en Póliza de Seguro de Caución, se deberá presentar en original y efectuarse a favor de la MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN. En todos los casos deberá hacerse constar en la garantía el número de licitación y el nombre de la repartición contratante.-

 

ARTICULO DECIMO CUARTO: MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA

Los Proponentes están obligados a mantener sus Propuestas por un plazo de TREINTA (30) días siguientes a la apertura.-

Este plazo se prorrogará automáticamente por períodos iguales, sin necesidad de requerimiento, salvo que el Proponente haga uso de su desistimiento, mediante presentación de nota por escrito, QUINCE (15) días hábiles administrativos antes del vencimiento de alguno de los períodos. Si desistiere de la Oferta en un período en el que se había comprometido mantenerla, perderá la garantía de mantenimiento de la propuesta.-

 

ARTICULO DECIMO QUINTO: Las propuestas se abrirán  el día y en la hora indicada, en presencia de las autoridades correspondientes e interesados que concurran, labrándose acta que será firmada por los representantes de la Municipalidad y demás asistentes del acto de apertura que así lo deseen. Si el día fijado para la apertura de sobres fuera feriado o lo declarasen asueto administrativo, el acto tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora.-

 

ARTICULO DECIMO SEXTO: La Municipalidad de Hipólito Yrigoyen no reconocerá ningún cargo por ningún concepto, más allá de los precios cotizados. Todos los aranceles, tasas, fletes o impuestos y otros gastos involucrados, correrán por cuenta exclusiva de los Oferentes o de los  Adjudicatarios, según corresponda.-

 

ARTICULO DECIMO SEPTIMO: La adjudicación se efectuará conforme la Ley Orgánica Municipal y Reglamento de Contabilidad, el presente decreto y  sus respectivos Anexos. En consecuencia, la Comuna resulta facultada para contratar podrá rechazar las propuestas o adjudicar, conforme a la mencionada normativa, sin que esto dé derecho alguno a los Oferentes cuyas propuestas fueron rechazadas. -

 

ARTICULO DECIMO OCTAVO: DESIGNESE a la Comisión Municipal Permanente de Evaluación de Ofertas de Concursos y Licitaciones, instituida por Decreto Nº 303 /16 como responsable de evaluar y dictaminar en relación a las ofertas recibidas, sobre la conveniencia, aceptación y/o rechazo de las mismas conforme las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad correspondiente. Dicha Comisión emitirá un informe que contendrá un pormenorizado estudio técnico económico y legal de cada una de las propuestas que estén en condiciones de ser pre adjudicatarias y establecerá un orden de conveniencia.

La oferta más conveniente será aquella que esté en un todo de acuerdo con las exigencias contenidas en el pliego licitatorio, conforme las previsiones establecidas en la legislación vigente. Cumplimentado lo precedente, el Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la adjudicación, acto que también resolverá las eventuales impugnaciones que se hubiesen producido.

No obstante, se dará  prioridad de contratación a favor de personas físicas o jurídicas con domicilio y/o establecimiento comercial en el Partido, siempre que se configuren similares condiciones en cuanto a precio y calidad con respecto a ofertas realizadas por personas físicas y/o jurídicas con domicilio comercial y/o establecimientos comerciales en otros Partidos o jurisdicciones territoriales. Dicha prioridad establecida,  no podrá superar en un cinco (5) por ciento en precios o valores a las ofertas presentadas por sujetos no beneficiarios del principio referenciado.-

Cuando se disponga la adjudicación a un proponente cuya oferta no sea la de menor monto el D.E. deberá motivar las razones que inducen a dicha decisión, teniendo en cuenta las bases y condiciones de la Licitación. Dichas razones pueden ser: técnicas, económicas y/o de calificación de las empresas.-

El acto de adjudicación será notificado a todos los oferentes precalificados.-

Las impugnaciones a la adjudicación que eventualmente se presentaren, tramitarán por expediente por separado, formado con las copias pertinentes, sin interrumpir el trámite, del principal.-

Al efecto, cumplidas que sea el procedimiento, DESE intervención a dicho Organismo para el cumplimiento del cometido para el cual fue creado. - 

 

ARTÍCULO DECIMO NOVENO: IMPUGNACIONES:

Concluido el acto de apertura, se podrán efectuar impugnaciones al acto y/o contenido de las propuestas, para lo cual se establece un plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados a partir del día siguiente del acto de apertura. Cumplido el plazo establecido no se aceptarán más impugnaciones o reclamos.-

De las impugnaciones se dará traslado a los oferentes impugnados por el término de dos (2) días hábiles al solo efecto de que tomen conocimiento de la misma, y manifiesten, dentro de dicho plazo, lo que estimen pertinente respecto de la impugnación.-

Queda establecido que no podrá acompañarse en tal oportunidad documentación que debió ser presentada en el sobre correspondiente.-

Cumplidos los trámites señalados precedentemente, en cuanto correspondiere, quedará concluido el período de vistas e impugnaciones. Las actuaciones quedarán reservadas para su evaluación por la Comisión respectiva.-

 

ARTÍCULO  VIGESIMO: RETIRO Y DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DE OFERTA

El proponente que retire su oferta durante el plazo de vigencia de ésta, perderá la garantía de mantenimiento de oferta en concepto de indemnización por tal incumplimiento.-

La garantía será devuelta de inmediato:

a) A todos los proponentes que no resulten preseleccionados, en las licitaciones de etapa múltiple.-

b) A la firma del Contrato a los que no resulten adjudicatarios.-

c) Al vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta, a aquellos que lo hubieran solicitado en las condiciones previstas en el presente.--

Con respecto al proponente que resulte adjudicatario, la devolución o desafectación de la garantía no tendrá lugar hasta que dé cumplimiento satisfactorio a la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato en las formas y los plazos previstos en este pliego.-

 

 

ARTÍCULO  VIGESIMO CUARTO: Regístrese, notifíquese, comuníquese y cumplido archívese.-

 

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                                                   INTENDENTE MUNICIPAL

               Dr. Martín Arpigiani                                                                              Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni

Anexos

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