Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 644/23
Hipólito Yrigoyen, 12/05/2023
Expediente Nº 4057-3185/23
DECRETO N° 644/23.-
Visto
El convenio suscripto por la Comuna con la Dirección de Aeronáutica de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se designa a la primera depositaria del predio e instalaciones del Aeródromo Provincial de Henderson.-
Las actuaciones del expediente administrativo 4057-3185/23, mediante el cual se solicita el inicio del expediente para la siembra del Aeródromo Provincial de Henderson durante el ciclo productivo 2023/2024.-
Considerando
Que mediante el documento suscripto mencionado ut supra, el Municipio se obliga a atender las erogaciones que deben efectuarse para asegurar el buen estado de conservación y funcionamiento del Aeródromo.-
Que asimismo, y a los fines descritos, se faculta a la Comuna a practicar la explotación comercial de las áreas libres, cobrar cánones por la instalación de hangares privados, tasas de aterrizaje, uso de aerostación, y todo servicio de concesión, de acuerdo con la normativa de la Dirección de injerencia.-
Que del informe presentado por el Director de Producción realizado oportunamente surge la existencia actual de 56,5 hectáreas libres que pueden destinarse a la siembra.-
Que la Ley Orgánica para las Municipalidades establece en el art. 283 bis la actualización de los valores que rigen en relación a los artículos 133, 138, 145, 151, 152, 159, 191 y 223 de la misma.-
Que el mismo texto normativo en su art. 151 y siguientes se establece el procedimiento para licitación en caso de adquisiciones y contrataciones.-
Asimismo por ordenanza 22/2023 el HCD autoriza al P.E. a la suscripción del contrato de siembra accidental con quien resulte adjudicatario de la licitación correspondiente.-
Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN
DECRETA
ARTICULO PRIMERO: LLAMESE A LICITACION PRIVADA N° 02/2023 para la presentación de propuestas con fines de realizar siembra de soja/trigo durante el ciclo productivo 2023/2024, (contemplado desde el mes de junio de 2023 y hasta Mayo de 2024) en la superficie de aproximadamente 56,5 hectáreas ubicadas en el Aeródromo Provincial de Henderson, partido de Hipólito Yrigoyen. Desígnese las zonas a licitar conforme ANEXO Vl que forma parte del presente.-
ARTICULO SEGUNDO: APRUEBENSE los pliegos de bases y condiciones generales y particulares que forman parte del presente decreto como ANEXO I, ANEXO II, ANEXO III, ANEXO IV, ANEXO V y ANEXO VI debiéndose ajustarse a los mismos las ofertas que sean presentadas en el marco de la licitación Privada.- Las ofertas deberán acompañarse con el presente Pliego de condiciones, y Anexos, debidamente firmado por el oferente en todas las fojas- Las propuestas deberán confeccionarse en forma clara y precisa, y deberán presentarse, en un único sobre el cual deberá rotularse conteniendo la inscripción que se detalla a continuación:
MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN
SECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES
EXPEDIENTE N° 4057- 3185/23
LICITACION PRIVADA N° 02/2023
FECHA DE CIERRE 24/05/2023 INCLUSIVE
HORA DE CIERRE: 11.00 HS
HORA DE APERTURA: 11.30 HS.
ARTICULO TERCERO: CONSULTA DE PLIEGOS: a partir del día 15 de Mayo de 2023 y hasta el día 24 de Mayo de 2023 inclusive, de 7.00 hs. a 13.00 hs. en la Oficina de Compras de la Municipalidad.-
ARTICULO CUARTO: FÍJESE la fecha de apertura de sobres de ofertas para el día 24 de Mayo de 2023, a las 11:30 hs. en la Oficina de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.-
ARTICULO QUINTO: FÍJESE de fecha de entrega de propuestas hasta el día 24 de Mayo de 2023, hasta el horario de 11.00 hs, en la mesa de entradas de la Municipalidad.-
ARTICULO SEXTO: Fíjese como PRESUPUESTO OFICIAL el valor unitario de doce quintales (12 qq) de soja por hectárea al valor de precio de pizarra promedio del Mercado de Rosario y Bahía Blanca correspondiente al día hábil posterior a la apertura de sobres de la licitación a realizarse. El respectivo pago deberá ser en un único pago de contado el día 30 de junio de 2023.-
ARTICULO SEPTIMO: ESTABLEZCANSE los siguientes requisitos de presentación de cotización: a) La formulación de la oferta implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones pactadas en el presente Decreto y su sometimiento a todas sus disposiciones de la Ley Orgánica Municipal, y Reglamento de Contabilidad b) Las ofertas deberán confeccionarse en forma clara y precisa, c) Toda la documentación que integre la oferta o precio deberá estar follada en todas sus hojas y firmada por quien detente el uso de la firma social o poder suficiente, en su caso. Si se trata de una persona jurídica, la oferta la deberá realizar el representante legal de la sociedad o apoderado con poder especial o general de administración, Asimismo se deberá acompañar la respectiva documentación a saber: contrato social, y acta de designación del representante, y copia de los instrumentos mencionados ut supra que acrediten el mandato, si correspondiere. d) Toda raspadura, tachadura o enmienda debe ser debidamente salvada por los oferentes, en caso contrario la oferta será rechazada. e) La cotización deberá especificar el precio unitario del bien, en números y letras y en números por el total general de la propuesta. De existir discrepancias entre números y letras, prevalecerá el monto expresado en letras. I) conjuntamente con la cotización debe acompañarse el decreto de apertura suscripto por el oferente, la constancia de inscripción a la AFIP y ARBA.-
ARTICULO OCTAVO: Oportunamente, notifíquese a la Dirección Provincial de Aeronáutica Oficial de la Provincia de Buenos Aires de las resultas de la presente Licitación.-
ARTÍCULO NOVENO: DESE intervención a la Dirección de Desarrollo local y producción y Compras a fin de proceder a dar cumplimiento a las invitaciones pertinentes, Oportunamente dese intervención a la Contaduría Municipal, y a la Dirección de Ingresos Públicos.-
ARTICULO DECIMO: DESIGNESE a la Comisión Municipal Permanente de Evaluación de Ofertas Concursos y Licitaciones, instituida por Decreto N° 303 /16 como responsable de evaluar y dictaminar en relación a las ofertas recibidas, sobre la conveniencia, aceptación y/o rechazo de las mismas conforme las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad correspondiente. Al efecto, cumplidas que sea el procedimiento, DESE intervención a dicho Organismo para el cumplimiento del cometido para el cual fue creado. –
ARTICULO DECIMO PRIMERO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.-
SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA INTENDENTE MUNICIPAL
Dr. Martín Arpigiani Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni