Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2477

Decreto Nº 2477

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/06/2023

Visto el expediente Nº 621-5103-2022,  en el que obran los antecedentes que determinaran la promulgación de la  Ordenanza Municipal Nº 20.916 de Ruidos Molestos, mediante el dictado del Decreto 3249/2022, de fecha 16 de noviembre de 2022; las normas IRAM 4062-1, 4074-1, 4074-3, 4078 y 4123, la norma ISO 8041-1, y las normas IEC 61672-1 y 651, las cuales en su conjunto otorgan el soporte técnico y fijan el marco de referencia para garantizar el respaldo teórico a los contenidos de este decreto; y

Considerando:

Que tal lo informado por el Departamento de Ambiente,  en las actuaciones Nº 621-4243-2023, las que fueran anexadas al expediente antes citado,  surge la necesidad de reglamentar la Ordenanza Nº 20.916 en múltiples aspectos en materia técnica, procedimental, administrativa, contravencional y de gestión;

Que en ese sentido resulta de interés para la administración municipal que el abordaje que se efectúe sobre el objeto de la ordenanza se lleve a cabo con la seguridad procedimental y el respaldo técnico-legal que deben poseer los inspectores actuantes al momento de aplicar su función inspectiva;

Que asimismo, tanto la ordenanza 20.916 como el presente decreto reglamentario resultan en un aporte a la gestión de ruidos y vibraciones que actualizan y regulan las herramientas de acción con las que cuentan los inspectores municipales de las áreas de Ruidos y Vibraciones y de la Guardia Ambiental para resolver problemas cotidianos en el seno de la sociedad;

Que a propósito de ello, el Departamento de Ambiente del Municipio recibe diariamente una importante cantidad de reclamos por ruidos y/o vibraciones a través de distintos canales, los cuales en su totalidad representan un 70 % aproximadamente de las denuncias totales, por lo cual resulta imperioso contar rápidamente con un marco normativo adecuado y con plena vigencia de su alcance;

Que por tal motivo deben establecerse límites a las emisiones e inmisiones sonoras y vibratorias a fin de prevenir situaciones que puedan generar molestias entre los ciudadanos, y en el caso que ocurran, poseer la capacidad fiscalizadora y sancionatoria para corregirlas a tiempo;

Que se creará un Registro de Profesionales y Técnicos Evaluadores de Nivel Sonoro y Vibraciones, a los efectos de mantener un padrón actualizado de los profesionales y técnicos con incumbencia en sus títulos habilitantes para brindar aquellos servicios que se deriven de la aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 20.916 y del presente Decreto Reglamentario.

Que con el propósito de fortalecer la gestión de ruidos y vibraciones y particularmente confeccionar el decreto reglamentario se firmo un convenio específico entre el Municipio de Bahía Blanca y la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Bahía Blanca.

Que el Departamento de Ambiente viene manteniendo reuniones regulares con integrantes del Departamento de Ingeniería Mecánica y del Centro de Investigaciones en Mecánica Teórica y Aplicada (CIMTA), ambos de la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Bahía Blanca, logrando el objetivo de redactar un proyecto que cumpla con las espectativas esperadas.

Que asimismo fueron efectuadas durante la etapa de elaboración las consultas pertinentes a las áreas de Planeamiento Urbano, Habilitaciones Comerciales, Industriales y Nocturnidad, Tribunal de Faltas y la Subsecretaria de Legal y Técnica, sumadas a las opiniones internas de las áreas del Departamento  de Ambiente que también intervienen en diferentes trámites administrativos vinculados a la aplicación de la presente normativa, siendo en todos los casos aportes importantes que fueron tenidos en cuenta durante el proceso de redacción;

Por ello, el Intendente Municipal, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

ARTICULO 1º: Reglamentar la Ordenanza Nº 20.916 en los términos del anexo que se conforma de VII capítulos con anexo I a III que forma parte del presente.-

ARTICULO 2º: Designar como Autoridad de Aplicación de la Ordenanza Nº 20.916 y del presente Decreto Reglamentario al Departamento de Ambiente dependiente de la Subsecretaría de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Bahía Blanca, o la que en el futuro la reemplace.

ARTICULO 3º: Créase el Registro de Profesionales y Técnicos Evaluadores de Nivel Sonoro y Vibraciones, a los efectos de mantener un padrón actualizado de los profesionales y técnicos con incumbencia en sus títulos habilitantes para brindar aquellos servicios que se deriven de la aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 20.916 y del presente Decreto Reglamentario.

ARTICULO 4º: Cúmplase, publíquese, dése al RO, tome nota la Secretaría de Infraestructura, Tribunal de Faltas, Departamento de Mantenimiento Urbano, Departamento de Control Tránsito de Urbano, Departamento de Ambiente, Dirección de Obras Particulares, Subsecretaría de Gestión Ambiental, demás dependencias que correspondan y RESÉRVESE.-

Anexos

Decreto Reglamentario

DESCARGAR