Boletines/Tandil
Decreto Nº 2624/2023
Tandil, 14/07/2023
Visto
La renuncia presentada por la agente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, Elba Patricia Gallardo - Legajo 6.363, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria con régimen de insalubridad.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos del Ente y la Delegada Previsional I.P.S.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Acéptese la renuncia presentada por la agente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, Elba Patricia Gallardo - Legajo 6.363, Personal Técnico categoría 14 - 48 horas semanales, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria con régimen de Insalubridad, según Decreto Nro. 9.650/80, a partir del 10 de agosto de 2023.
Artículo 2°: Déjese aclarado que el cargo de mayor jerarquía es el de Personal Técnico de la Unidad de Anatomía Patología, categoría 14 - 48 horas semanales, más la bonificación de Técnicos y Enfermeros, que consiste en un treinta por ciento (30%) sobre el básico de la categoría 12, desempeñado desde el 1° de octubre de 2010 al 9 de agosto de 2023. A los fines previsionales cuenta con una antigüedad en el ámbito municipal de treinta y cinco (35) años y nueve (9) días, de los cuales dieciséis (16) años y ocho (8) meses son de aportes comunes y dieciocho (18) años, cuatro (4) meses y nueve (9) días son de aportes insalubres. A la fecha de renuncia la trabajadora en cuestión cuenta con cincuenta y nueve (59) años de edad.
Artículo 3°: Inclúyase al agente en las planillas de anticipo a jubilados a partir del 10 de agosto de 2023, según lo dispuesto por el artículo 35° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo.
Artículo 4°: Abónese a la agente una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) mensualidades del sueldo básico de la categoría que revista, según lo determinado en el Artículo 46 Inciso b) del CCT 9/19.
Artículo 5°: Con los haberes del mes de agosto de 2023 se procederá a la liquidación de las vacaciones adeudadas así como la proporción de aguinaldo correspondiente
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Matías Tringler (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia