Boletines/Tandil
Decreto Nº 4049/2023
Tandil, 10/07/2023
Visto
La bonificación adicional es considerada semestral en el Decreto 3988/23 , y
Considerando
Que el período establecido fue del 1 de enero al 31 de julio de 2023, debiendo haber sido hasta el 30 de junio de 2023.
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA EL SIGUIENTE:
DECRETO
ARTÍCULO 1º: Institúyase un adicional no remunerativo equivalente a pesos siete mil ($ 7.000) para el personal de planta permanente que se detalla a continuación:
ESCRIBANO GASTON
MAPELLI ROMINA
RODRIGUEZ MARCELA
URTAZUN PEREZ LUCIA
ARTÍCULO 2º: El presente Decreto tendrá vigencia a partir del 1 de julio de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023.
ARTÍCULO 3º: Modifícase el Artículo 2º del Decreto 3988/2023 que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º: El presente Decreto tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2023 y hasta el 30 de junio de 2023.
ARTÍCULO 4º: Las erogaciones a producirse impútense a las partidas específicas del presupuesto de gastos vigente para este Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de decretos y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTITRES.
Registrado bajo el Nº 4049
REF: Asunto Nº
Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)