Boletines/Mercedes

Decreto Nº1144/2023

Decreto Nº 1144/2023

Mercedes, 21/06/2023

Visto

La necesidad de regularizar el dominio de las tierras del partido de Mercedes (B) por lo que se ha conformado expediente Nº 4075-1106/2022, caratulado “Caputto Blanca Mercedes – Cancelación de Hipoteca”, a través del cual el Sra. Caputto Blanca Mercedes, con D.N.I. Nº13.187.057 solicita cancelación de hipoteca, y;

Considerando

Que, la Sra. Caputto Blanca Mercedes, argentina, conD.N.I.Nº13.187.057, divorciada en primeras nupcias, es titular dominial del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B,Ch.151, Fracc. I, Mz. 151 C, Parcela 11, Subparcela 39. Partida Inmobiliaria Nº 25.344,del que oportunamente se realizó ante escritura número cuatro mil ciento noventa y cuatro, por ante la Escribanía General de Gobierno, constituyendo HIPOTECA en primer grado a favor del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires. –

Que, habiendo cancelado el total de la deuda contraída respecto del inmueble antes mencionado, la titular dominial solicita por intermedio de la Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires; la cancelación del gravamen real, lo que motiva la conformación del correspondiente expediente administrativo municipal, donde se solicita el CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE VIVIENDA debidamente rubricado por la autoridad competente, el cual con fecha 06de diciembrede 2022;constando a fojas 20, es expedido a los efectos del presente.-

El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA

Artículo 1º.- Ordénese practicar la CANCELACIÓN DE HIPOTECA, por encontrarse saldada la deuda contraída respecto del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B, Ch. 151,Fracc. I,Mz. 151 C, Parcela 11,Subp. 39. Partida Inmobiliaria 25.344, inscripta mediante escritura número cuatro mil ciento noventa y cuatro realizada por el escribano Savoia Héctor Horacio. –

Artículo 2º.- Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor de los solicitantes, conforme a lo previsto por los arts. 2º y 4º inc. D de la Ley 10.830.

Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese a la Dirección de Tierras y Hábitat de esta Municipalidad. Dése al Digesto General. Fecho. Archívese.