Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 569/2023
Adolfo Gonzales Chaves, 05/06/2023
Visto
Lo establecido en el decreto 1013/2014 y sus modificatorias por decreto 590/2017, por el cual se otorga una bonificación por egreso de escalafón a los trabajadores municipales próximos a acogerse a los beneficios jubilatorios que decidan suscribir el acta de compromiso y adhesión al decreto mencionado; y
Considerando
Que a la fecha se ha presentado a suscribir el respectivo Acta de Compromiso y Adhesión al decreto 1013/2014 y modificatorias, el trabajador municipal Sr. Juan Carlos López;
Que el decreto mencionado establece el pago de una bonificación remunerativa y no bonificable llamada “egreso de escalafón” equivalente al 50% del sueldo básico, para todos aquellos trabajadores que le falten 36 meses para obtener los requisitos jubilatorios;
Que dicha bonificación será abonada hasta la fecha en que el agente reúna los requisitos para obtener su jubilación ordinaria y/ó por edad avanzada y por lo tanto, dejará de prestar servicios para la comuna;
Que resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo para su implementación, según lo normado en el Artículo 25, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo, Ordenanza 3269/2017, en el marco de la Ley 14.656;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Establécese de conformidad a los Artículos 1º y 2º del Decreto 1013/2014, modificado por Decreto 590/2017, el pago de una bonificación variable, remunerativa y no bonificable, al trabajador municipal Sr. JUAN CARLOS LOPEZ, DNI Nº 14.262.461, Legajo 845, quien promociona a la Categoría 4, Personal Obrero de 48 horas semanales, por un monto de Pesos SESENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS con 04/100 ($ 60.852,04) mensuales, a partir del 1º de Junio de 2023 hasta el 31 de Mayo de 2026, inclusive.-
ARTICULO 2º: Autorizase a Contaduría Municipal a realizar en la Contabilidad las compensaciones presupuestarias necesarias y la registración que corresponda, en concordancia con el Artículo precedente.-
ARTICULO 3º: Tomen razón Secretaría de Gobierno y Hacienda, Contaduría, Oficina de Personal y Jefe de Liquidaciones.-
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-