Boletines/Avellaneda

Resolución Nº135

Resolución Nº 135

Avellaneda, 10/05/2023

Visto

La Ordenanza  Municipal  Nº 29345; El expediente N.º 2-0-107166/2023;

La resolución Nº 122 del 17 de marzo de 2023 de inclusión de inmuebles varios al Registro Público de Inmuebles Baldíos, con Edificación Derruida e Inmuebles con Edificación Paralizada , Ordenanza Municipal Nº 29345 y su Decreto Reglamentario Nº 998/2022 y

 

Considerando

Que por medio de la Ordenanza Nº 29345 se creó el "Registro Púb!ico Municipal de !nmueb!es Ba!díos, !nmueb!es con Edificación Derruida o con Edificación Paralizada", dependiente del Departamento Ejecutivo del Municipio de Avellaneda, el cual tiene por objeto píincipal garantizar políticas de vivienda y hábilat adecuadas para la satisfacción de las necesidades urbanas y habitacionales de los ciudadanos del Municipio desarrollando nuevas áreas residenciales mediante la contrucclón de conjunto de viviendas, para ello el Departamento Ejecutivo llevará un Registro de dichos inmuebles, el cual será actualizado y publicado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos;

Que el Registro creado por la Ordenanza referida en las consideraciones anteriores se regirá por los criterios de caracterización de los inmuebles establecidos en el Decreto Reglamentario Nº 998/22;

Que, asirnismo, a  los efectos de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 1º de la Ordenanza, el Decreto Reglamentario 998/22 faculta en su artículo cuarto a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos e realizar relevamientos paulatinos para inmuebles que puedan ser incorporados al Registro en cuestión;

Que por medio de los presentes actuados la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Hábitat informó que, con fecha 15 de Febrero del 2023 se procedió a inspeccionar y relevar el predio ubicado en Paunero 2953, esquina Av. Mitre, dando inicio a las actuaciones, en un todo de acuerdo a !a Ordenanza Nº 29345 y su Decreto Reglamentario 998/2022 ; habiéndose detectado que el predio de referencia constituye un inmueble sujeto a verificación 

Que de la documental agregada y del relevamiento ocular realizado al inmueble sujeto a verificación, se constató que el mismo se encuentra en estado de "Inmueble Baldío", sugiriendo la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Hábitat la correspondiente categorización ; 

Que a fº 25 del presente expte Nº 2-0- 107166/2023 la Dirección General Tributaria realiza una observación a la Resolución Nº 122 obrante a fº 14/16 del presente; 

Que, en dicho marco, correspondería proceder a dictar el acto administrativo por medio del cual se incluya a los inmuebles sujetos a verificación en los presentes actuados en el REGISTRO PÚBLICO DE INMUEBLES BALDÍOS, INMUEBLES CON EDIFICACIÓN DERRUIDA Y CON EDIFICACIÓN PARALIZADA; 

Que por  medio de la Resolución 122/2023 se incluyó en el REGISTRO PÚBLICO DE INMUEBLES BALDÍOS, INMUEBLES CON EDIFICACIÓN DERRUIDA Y CON EDIFICACIÓN PARALIZADA que decía: Inclúyase en el "Registro Público de Inmuebles Baldíos, con Edificación Derruida e Inmuebles con Edificación Paralizada", según lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 998/2022 , al predio identificado catastralmente como Circunscripción 11, Sección E, Manzana 12, Parcela: 12 A Partida Inmobiliaria: N.0004-028812-0 Padrón Municipal N.01-22479 en la identificación de: "INMUEBLE BALDIO". 

Que por un error material involuntario se indico en la mencionada Resolución a la Parcela 12a, en lugar de la Parcela 6a. 

Que la Ordenanza General Nº 267/80 en su artículo 1 15 establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores aritméticos, materiales o de hecho; 

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo por medio del cual se rectifique la Resolución Nº 36/2022 

POR ELLO,

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE

ART ICULO 1º: RECTIFÍQUESE el Artículo 1º de la resolución Nº 122 del día 17 de marzo de 2023, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"... ARTICULO 1º: Inclúyase en el "Registro Público de Inmuebles Baldíos. con Edificación Derruida e Inmuebles con Edificación Paralizada", según lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº: 29345 y su correspondiente decreto Reglamentario Nº: 998/2022 , al predio identificado catastralmente como Circunscripción 11, Sección E, Manzana 12, rarcela: 6a Partida Inmobiliaria: N.º004-0288i2-0 Padrón Municipal N.01-22479 en la ident\Hcadón de:"lNMUE8LE 8ALDlO". 

Artículo 2°:Déjese establecido queº el titular del inmueble deberá cumplir con la obligación de parcelar y/o edificar, conforme los plazos previsto en el art: 4° la Ordenanza Nº 29345 .

Artícul o 3°: Procédase a notificar a los titulares de la presente, a través de la Secretaría Legal y Técnica de esta Municipalidad según lo establecido en el artículo 5° de la Ordenanza Municipal Nº: 29345, y publíquese en el Boletín   Oficial   Municipal. 

Artículo 4°: Regístrese, Publíquese y Comuníquese.