Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 21411
Bahia Blanca, 29/06/2023
VISTO
El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 12, referido a la eximición en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, encuadrada en la Ley Provincial Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias, de la Contribuyente Nº 45.659, EVA DEL CARMEN PARTAL SOTO, D.N.I. Nº 92.679.114.
Y CONSIDERANDO
Que visto la documentación aportada por la contribuyente y el análisis realizado por el Departamento Recaudación, se desprende que la actividad llevada a cabo por la misma se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925.
Que la recurrente se encuentra inscripta en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, bajo el Contribuyente Nº 45.659.
Que el Departamento Recaudación informa a fojas 9, que el Contribuyente Nº 45.659, se encontraría en condiciones de obtener el tercer año de eximición en relación al pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, desde el 21/11/2022 y hasta el 20/11/2023, no registrando otras obligaciones pendientes de pago con este Municipio.
Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º - Exímase a EVA DEL CARMEN PARTAL SOTO, D.N.I. Nº 92.679.114,
Contribuyente Nº 45.659, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, desde el 21/11/2022 y hasta el 20/11/2023, en un todo de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Nº 12.925.
Artículo 2º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.