Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 255
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 04/07/2023
Visto las presentes actuaciones atento a lo solicitado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, respecto a otorgar un subsidio para la Asociación Civil Fazenda Da Esperanca "Nuestra Señora de Shoenstatt" Carhue, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 13 la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia solicita el presente subsidio para la Asociación Civil Fazenda Da Esperanca sito en calle 12 de Octubre Nº742 a fin afrontar gastos de materiales de construcción para reparar una cabaña, muebles y equipamiento para realizar la incorporación de 12 chicos a la comunidad;
Que la mencionada Asociación Civil tiene como finalidad la asistencia y rehabilitación de jóvenes víctimas de droga, dependencias químicas o psicológicas, brindando herramientas para su integración en la vida familiar, comunitaria y laboral;
Que de fs. 1 a 12 obra la documentación requerida;
Que a fs. 13 vta. consta la imputación de Presupuesto y Planificación y Contaduría General;
Por lo expuesto precedentemente y a fin de dictar el acto administrativo, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Otorgar un subsidio a la Asociación Civil Fazenda Da Esperanca "Nuestra Señora de Shoenstatt" Carhue, de pesos un millón ($1.000.000) destinado a la compra de materiales de construcción, mobiliario y equipamiento, según lo expuesto en los considerandos.
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a liquidar mediante transferencia bancaria al CBU Nº 0140309901682305078462 correspondiente a la cuenta Nº6823-50784-6 del Banco de la Provincia de Buenos Aires sucursal Carhué, la suma de pesos un millón ($1.000.000), conforme al subsidio otorgado en el artículo primero, con oportuna rendición de cuentas.
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Fuente: 110, Jurisdicción: 1110106000, Cat. Programática: 63.00, Gasto: 5.1.7.0 del Presupuesto de Gastos vigente.
CUARTO: Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs. 1, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 132° y 133° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs. 8, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 – R.A.F.A.M.
QUINTO: Dejar constancia que la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria.
SEXTO: Cúmplase, notifíquese, tome nota Subdirección de Presupuesto y Planificación, Contaduría General y Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; dése al R.O. y ARCHIVESE.-