Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 21390
Bahia Blanca, 29/06/2023
VISTO
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 97, referido a la compra de carne para Centros de Día s/planilla de distribución de la subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, en el que sólo se recibió la propuesta económica de la COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA respecto de los ítems nº 3,4 y 5.
Y CONSIDERANDO:
Que a fojas 96 el Jefe de Compras informa que se realizó la correspondiente Licitación Privada realizada de acuerdo a las formalidades establecidas por la legislación vigente, con fecha de apertura el día 12 de junio 2023 a las 10.30 hs., recibiéndose una única oferta válida respecto a los ítems nº 3 a 5 del pedido de cotización nº 3428, representando los mismos parte considerable del monto total de la licitación, por lo que solicita que, una vez autorizada la oferta por parte del Honorable Concejo Deliberante se efectúe la adjudicación de frutas y verduras para Centros de Día de la subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia al proveedor COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA (proveedor nº 6033).
Atento lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículo nº 187 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º – Autorízase al Departamento Ejecutivo en los términos del artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículo 187 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la aceptación de la única oferta efectuada por el proveedor COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA para la provisión de los ítems nº 3 a 5 para Centros de Día de la subsecretaría de Niñéz, Adolescencia y Familia, por la suma total de UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL TREINTA PESOS ($ 1.762.030.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos técnicos establecidos en el presente expediente.
Artículo 2° – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.