Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 386
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/06/2023
Visto el informe obrante a fojas 124 presentado por el Departamento Administrativo de Tránsito, mediante el cual solicita la baja de la bonificación por fallo de caja de la agente Sofía SOLIS, legajo 17019, a partir del 30 de marzo del corriente, debido a que la misma se encuentra con licencia médica de manera ininterrumpida, y solicita se otorgue la mencionada bonificación a la agente Romina GOGGI, legajo 17050, quien desempeña la función de cajero en dicho Departamento, conforme lo establecido en el Artículo 34° del Convenio Colectivo de Trabajo; y considerando:
Que dicha norma establece en el Artículo mencionado que: “Los Agentes Municipales que desempeñen función de cajeros cobrarán un adicional por función conforme lo que establezca el presente artículo. Las cajas de Tesorería que funcionan en el Palacio Municipal tendrán asignado un porcentaje de fallo de caja del 20%. A las demás cajas se les reconocerá un mínimo del 5% y un máximo del 12% La proporción respecto de dicho porcentaje respecto de las cajas que queden comprendidas entre la de menor y mayor recaudación se calculará estableciendo el cociente entre la recaudación de la caja beneficiaria del adicional y la caja de mayor recaudación excluyendo las de Tesorería del Palacio Municipal teniendo en cuenta el año calendario inmediato anterior. Esta proporción se aplica entre la diferencia del porcentaje máximo y el mínimo (12% - 5%=7%). Los porcentajes por fallo de caja se aplicarán tomando como referencia el sueldo básico de un cajero categoría grupo 5, clase 1, grado A con una dedicación de 30 horas semanales, o el que correspondiera al cajero si este tuviera una categoría superior. Los porcentajes se liquidaran en el mes de marzo tomando como referencia la recaudación anual por caja del periodo enero – diciembre del año anterior.”.
Que el Decreto 158/96 en su Capítulo 1 Bonificación por fallo de Caja, establece: “Artículo 4º. Dicha compensación será abonada sólo cuando el personal designado cumpla efectivamente la función de cajero, es decir manejo de valores. Artículo 5º. Todo agente que en forma transitoria deba reemplazar a quien perciba esta compensación en ausencia del titular, tendrá derecho a percibir en forma proporcional a los días efectivamente laborados la compensación por “Fallo de Caja”. Artículo 6. El agente beneficiado por tal compensación no percibirá la misma si se encuentra ausente del servicio aun cuando la ausencia se deba a alguna de las licencias previstas por la Ley 11.757.-”.
Por todo ello; y teniendo en cuenta lo informado a fojas 125 la Subsecretaría de Capital Humano y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y el Departamento Contaduría General obrante a fojas 125 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1)- Dejar de abonar a la agente Sofia Gabriela SOLIS, legajo Nº17.019, quien reviste como personal temporario en categoría 05/4A.02, dependiente del Departamento Administrativo de Tránsito (Oficina Nº332), en concepto de “Fallo de Caja” (Cpto. 114) el 5,8% sobre el sueldo básico de la categoría de revista 05/1A, con treinta (30) horas semanales, a partir del 30 de marzo de 2023.
ARTICULO 2)- Abonar a la agente Marianela Romina GOGGI, legajo Nº17.050, quien reviste como personal temporario en categoría 05/4A.03, dependiente del Departamento Administrativo de Tránsito (Oficina Nº332), en concepto de “Fallo de Caja” (Cpto. 114) el 5% sobre el sueldo básico de la categoría de revista 05/1A, con treinta (30) horas semanales, según Cap. 1 Art. Nº3 del Decreto 158/96, a partir del 30 de marzo de 2023, y mientras desempeñe efectivamente la función de cajero.
ARTICULO 3)- Hágase saber al Departamento Administración del Personal que deberá proceder a descontar la suma de $22.257,52 (pesos veintidós dos mil doscientos cincuenta y siete con cincuenta y dos centavos), a la agente Sofía SOLIS, legajo 17.019, en concepto de bonificación de fallo de caja, dado que la agente no cumple la función desde el día 30 de marzo de 2023.
ARTICULO 4)- El presente gasto será imputado a la Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Cat. Programática 01.01.00, Gasto 1.2.2.8. del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5)- Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento de Administración de Personal, Dirección General de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, dése al R.O. y resérvese en la Secretaría de Gestión Urbana.