Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 4022/22
San Andrés de Giles, 27/12/2022
Visto
El Contrato de Locación suscripto con la Licenciada en Trabajo Social señora Leticia Noemí Ragoni ; y
Considerando
Que oportunamente la Municipalidad contrató a la Licenciada en virtud de haberse reconocido de acuerdo a lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, la incompetencia del recurso profesional existente en la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social .
Que fue contratada para desarrollar -como integrante del equipo Técnico Profesional del Programa Responsabilidad Social Compartida Envión - acciones de acompañamiento, contención y apoyo emocional y asistencia social, a los jóvenes comprendidos en el referido programa en el marco del convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles,
Que el Contrato fue oportunamnete convalidado por Decreto Nº 2564/2022
Que en su oportunidad han sido fijados los valores que por las prestaciones brindadas se debe abonar a la nombrada;
Que se han producido incrementos en el monto del contrato mencionado , aplicables para los meses de Septiembre y Octubre y Noviembre y diciembre del año 2022 , habiendo suscripto las partes a tal fin , una cláusula modificatoria de la cláusula tercera del acuerdo original
Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar la cláusula modificatoria del contrato de locación de obra , suscripto entre el Sr Intendente Municipal y la Licenciada en Trabajo Social Leticia Noemí Ragoni , donde se acuerdan nuevos valores en el monto que se le abona por la prestación brindada, aplicables para los meses de Septiembre y Octubre y Noviembre y Diciembre del año 2022.
ARTICULO 3º:Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el acuerdo celebrado se imputarán a la siguiente cuenta presupuestaria:
Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial
Jurisdicción 1110100000Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 111016000 Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social
Categoría Programática 63 Promoción, Desarrollo y Asistencia Social
Actividad 02 Programa Envión
Inciso 3 Servicios No Personales
Partida Principal 4 Servicios Técnicos y Profesionales
Partida Parcial 9 Otros
ARTICULO 4º: Realizar los reajustes necesarios a efectos de cumplimentar lo establecido en la Cláusula que por este acto se convalida.
ARTICULO 5º: Regístrese ,comuníquese quién corresponda, publíquese y archívese.-
Cláusula Modificatoria de Contrato
La presente cláusula modificatoria de contrato de locación de obra se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 1 de septiembre del año 2022 entre, por una parte la Municipalidad de San Andrés de Giles representada en este acto por el señor Intendente Municipal , el Sr. Intendente Municipal Interino, Miguel Angel Gesualdi, en mérito a lo dispuesto por el Decreto Nº 022 sancionado por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2021 (DNI Nº 22.531.359 ) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre , por una parte, en adelante llamada La Municipalidad con domicilio en calle Moreno 338 de la ciudad de San Andrés de Giles, en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD por una parte y por la otra la Licenciada en Trabajo Social, Señora Leticia Noemí Ragoni, DNI Nº 5.933.336, CUIT Nº 23-5933336-4 fijando su domicilio en calle Maipú Nº 1155 Jurisdicción de San Andrés de Giles, en adelante denominada “LA LICENCIADA” conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte" Las Partes convienen sustituir a partir del 1 de septiembre del año 2022 el texto de la cláusula tercera del contrato celebrado el día 1 de julio de 2022, convalidado por Decreto Municipal Nº2564 /2022 por el siguiente “TERCERO: En contraprestación la Municipalidad se compromete a abonarle a la Licenciada los montos consignados en el siguiente detalle : Durante cada uno de los meses de septiembre y octubre del año 2022, la suma de Pesos Treinta y Un Mil Quinientos ($ 31.500) y Durante cada uno de los mese de Noviembre y Diciembre del año 2022 La suma de Pesos Cuarenta y Un Mil ($41.000) , previa presentación de la factura correspondiente y certificación que se menciona en la cláusula quinta de este Contrato.
Las partes acuerdan que la presente cláusula adicional no modifica el plazo de vigencia ni las demás cláusulas y condiciones establecidas en el contrato principal.--------------------------------------
De conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados supra.----------------------------------------------------------------------------------------------