Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº4022/22

Decreto Nº 4022/22

San Andrés de Giles, 27/12/2022

Visto

El  Contrato de Locación suscripto con la  Licenciada en Trabajo Social señora  Leticia Noemí Ragoni ; y

Considerando

Que  oportunamente  la Municipalidad contrató a la Licenciada en virtud de haberse reconocido de acuerdo a lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, la incompetencia del recurso profesional existente en la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social  .

Que fue contratada para desarrollar -como integrante del equipo Técnico  Profesional del  Programa Responsabilidad Social Compartida Envión - acciones de acompañamiento, contención y apoyo emocional y asistencia social, a los jóvenes comprendidos en el  referido programa en el marco del convenio celebrado   entre  el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles,

Que el Contrato fue oportunamnete convalidado  por Decreto Nº 2564/2022

Que en su oportunidad  han sido fijados  los valores  que por las prestaciones brindadas se debe abonar a la nombrada;

 

Que se han  producido incrementos en el monto del contrato mencionado , aplicables para los meses de Septiembre y Octubre  y Noviembre y diciembre del año 2022 , habiendo suscripto las partes a tal fin , una cláusula  modificatoria de la cláusula tercera del acuerdo original

            Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le son propias

 D E C R E T A

 

ARTICULO 1º:  Convalidar  la cláusula modificatoria del  contrato de locación de obra ,   suscripto entre el Sr Intendente Municipal  y la Licenciada en Trabajo Social Leticia Noemí Ragoni , donde se acuerdan nuevos valores en el monto que se le abona por la prestación brindada, aplicables para los meses de Septiembre y Octubre y Noviembre y Diciembre del año 2022.

ARTICULO 3º:Los gastos que demande  a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el acuerdo celebrado se imputarán a la siguiente cuenta presupuestaria:

Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial

Jurisdicción                               1110100000Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción              111016000 Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social

Categoría Programática 63         Promoción, Desarrollo y Asistencia Social

Actividad                                     02     Programa Envión

Inciso                                           3     Servicios No Personales

Partida Principal                4     Servicios Técnicos y Profesionales

Partida Parcial                           9 Otros

ARTICULO 4º: Realizar los reajustes necesarios a efectos de cumplimentar lo establecido en la Cláusula que por este acto se convalida.

ARTICULO 5º: Regístrese ,comuníquese quién corresponda, publíquese y archívese.-

 

      

Cláusula   Modificatoria de Contrato

 

La presente cláusula modificatoria de contrato de locación de obra se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 1   de septiembre    del año 2022 entre,  por una parte la Municipalidad de San Andrés  de Giles representada en este acto por el señor Intendente Municipal , el Sr. Intendente Municipal Interino, Miguel Angel Gesualdi, en mérito a lo dispuesto por el Decreto Nº 022 sancionado por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2021  (DNI Nº 22.531.359 ) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre ,  por una parte,  en adelante llamada  La Municipalidad  con domicilio en calle Moreno 338 de la ciudad de San Andrés de Giles, en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD  por una   parte y por la otra  la Licenciada en Trabajo Social, Señora Leticia Noemí  Ragoni, DNI  Nº 5.933.336, CUIT Nº 23-5933336-4 fijando  su domicilio en calle Maipú Nº 1155 Jurisdicción de San Andrés de Giles, en  adelante denominada  “LA LICENCIADA” conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte" Las Partes convienen sustituir a partir del 1 de septiembre  del año 2022  el texto de la cláusula  tercera del contrato celebrado el día 1 de julio de 2022, convalidado por Decreto Municipal Nº2564 /2022 por el siguiente “TERCERO: En contraprestación   la Municipalidad  se compromete a abonarle   a la Licenciada los montos consignados en el siguiente detalle : Durante cada uno de los  meses de septiembre y octubre del año 2022, la suma de Pesos Treinta  y Un Mil Quinientos ($ 31.500)  y Durante cada uno de los mese de Noviembre y Diciembre del  año  2022 La suma de Pesos Cuarenta y Un Mil ($41.000) ,  previa presentación de la factura correspondiente y certificación que se menciona en la cláusula quinta de este Contrato.

Las partes acuerdan que la presente cláusula adicional no modifica el plazo de vigencia ni las demás cláusulas y condiciones establecidas en el contrato principal.--------------------------------------

De conformidad se firman cuatro  ejemplares  de un mismo tenor y a un solo efecto,  en el lugar y fecha mencionados supra.----------------------------------------------------------------------------------------------