Boletines/Coronel Suárez
Ordenanza Nº 7876/2022
Coronel Suárez, 24/11/2022
ORDENANZA
Ordenamiento del Tránsito en Semipeatonal de Calle Mitre
ARTÍCULO 1º.-Denomínase la presente como “Proyecto de - - - - - - - - - - Ordenamiento del Tránsito en Semipeatonal de Calle Mitre”.
ARTÍCULO 2°.-Dispóngase que la velocidad en Calle Mitre entre - - - - - - Sarmiento y Brandsen no podrá superar los 20 km/h. En caso de que se vea vulnerado el límite de velocidad, aplíquese una multa por el equivalente a 200 litros de nafta tipo “super”.
ARTÍCULO 3°.- Prohibición de estacionamiento
a) Prohíbase el estacionamiento de vehículos sobre ambos márgenes de Calle Mitre entre Sarmiento y Brandsen.
b) Prohíbase el estacionamiento de vehículos sobre la prolongación de la semipeatonal en las esquinas de calle Sarmiento y Brandsen.
c) En caso de incumplimiento de las prohibiciones mencionadas en los incisos a) y b) del presente artículo, aplíquese una multa equivalente a 200 litros de nafta tipo “super”.
ARTÍCULO 4°.- Paradas de abastecimiento (dársenas)
a)Para la carga y descarga de mercadería: en temporada “estival”, la cual comprende desde el 1º de Noviembre hasta el 31 de Marzo, de 23:00 a 10:00 horas y de 13:00 a 17:00 horas; en temporada ”invernal”, la cual comprende desde el 1º de Abril hasta el 31 de Octubre, de 23:00 a 10:00 horas, y de 13:00 a 16:00 horas.
b)Queda limitado el uso de las paradas de abastecimiento para proveedores en los horarios establecidos en el Inciso a).
c)Las paradas de abastecimiento podrán ser utilizadas por taxis, remises y autos particulares para el ingreso o egreso de pasajeros en el automóvil utilizando la maniobra de “parada”; entiéndase por “parada” la maniobra que realiza un conductor cuando estaciona su vehículo en un área determinada, indicando con las balizas la acción de estacionamiento, sin detener el motor ni descender del vehículo.
d)El tiempo máximo de estacionamiento por carga y descarga en las paradas de abastecimiento, quedará establecido en 20 minutos, pudiendo extenderse por 20 minutos más si la situación lo amerita.
e)En caso de incumplimiento de los incisos a), b), c) o d) del presente artículo, aplíquese una multa por el equivalente a 120 litros de nafta tipo “super”.
ARTÍCULO 5°.- "Señalética Horizontal y Vertical" - Colóquese - - - - - la señalética y demárquense las zonas correspondientes, con el fin de cumplimentar con lo mencionado en los artículos e incisos que componen a la presente ordenanza.
ARTÍCULO 6°.- Prohíbase la instalación de bicicleteros en - - - - - - - calle Mitre, entre calle Sarmiento y calle Brandsen, excepto los ejecutados en la obra de Semi Peatonal.-
ARTÍCULO 7°.- En todos los casos no mencionados en la - - - - - - - - - presente ordenanza, adóptese la normativa de tránsito vigente en el orden Municipal, Provincial y Nacional.
ARTÍCULO 8°.- El Departamento Ejecutivo, a través del área de - - - - - - Prensa Municipal, hará difusión de la presente Ordenanza tanto en los medios que la Municipalidad posee, como también en los medios locales. A su vez, la Dirección de Inspección y Tránsito notificará a los comercios emplazados en la Semi Peatonal sobre los términos de la presente Ordenanza
ARTÍCULO 9°.- Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, - - - - - - - cúmplase y oportunamente, archívese. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUAREZ A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-