Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº3109/2022

Decreto Nº 3109/2022

Coronel Suárez, 27/12/2022

Visto

la Ordenanza Municipal N° 7939/20 y Decreto Reglamentario N° 538/21 que establece la Carrera Profesional Hospitalaria, y

 

Considerando

Que existe una imperiosa necesidad de avanzar en la organización y desarrollo estructural del Servicio de cirugía y quirófanos del Htal Raúl Caccavo

                   Que este servicio constituye servicio esencial de la organización hospitalaria.

                   Que se requiere avanzar en la organización y estabilidad de los cargos profesionales.

                   Que dicho servicio presenta una organización estructural que requiere de la figura de jefatura de servicio a fin de sostener la calidad prestacional y organizacional,

                   Que se programa el llamado a concurso de las diferentes jefaturas de servicios de la institución,  

Por ello, el Intendente del Partido, en uso de sus atribuciones;

 

 

D E C R E T A

ART. 1 Desígnese a partir del día 1 de enero de 2023, al Dr. MARTIN CAPRIA -                 - - - - - DNI: 18.517.096, legajo N° 1300, JEFE MEDICO DEL SERVICIO DE CIRUGÍA Y QUIRÓFANOS del HOSPITAL “DR. RAUL CACCAVO”, en carácter de interino hasta la constitución del concurso correspondiente, y sujeto a las siguientes condiciones:

 

Será deber del trabajador cumplir con los requerimientos administrativos y legales que surgieran directamente de la ejecución de su trabajo como médico de la Secretaria de Salud del Municipio de Coronel Suarez.

 

Lugar: La realización del trabajo será en instalaciones sanitarias dependiente de la Secretaria de Salud del Municipio de Coronel Suarez.

 

Régimen laboral: El régimen horario semanal para el Profesional de Salud es el establecido en el Régimen Escalafonario Municipal, perteneciendo al REGIMEN ESPECIAL para Profesionales de la Salud establecido en la Carrera Profesional Hospitalaria, dispuesto en la ordenanza 7439/20; estableciéndose para este cargo en particular un régimen horario semanal de 30 hs, sin bloqueo de título. Su actividad tendrá una asignación 60% administrativo-docente y 40% de actividad asistencial.

 

MISIÓN DEL PUESTO: Conducir, coordinar y alinear los recursos humanos, la gestión técnico sanitario, la calidad y balance costo efectivo de las áreas abarcativas de las especialidades profesionales quirúrgicas o practicas invasivas, del Hospital Municipal Dr. Raúl A. Caccavo del Partido de Coronel Suarez, garantizando un servicio de calidad acorde a las necesidades de la comunidad.

 

UNIDAD FUNCIONAL: involucra los servicios y prestaciones profesionales que involucren disciplinas quirúrgicas, practicas invasivas y aquellas que requieran para su desarrollo el ámbito quirúrgico, según lo establezca el organigrama general del Hospital Dr. Raúl Caccavo.

El servicio de cirugía y quirófanos, es el conjunto de elementos y organización de profesionales Hospitalarios destinados a la atención del paciente y realización de prestaciones relacionadas e interactuante en el ámbito quirúrgico, involucrando todas las actividades y sus anexos que se desarrollan en el ámbito de los quirófanos y aquellas que se desprendan directamente de estas.

Es parte integrante del Hospital en la estrategia global de asistencia sanitaria al ciudadano, en íntima colaboración con los demás Servicios hospitalarios.

 

Será la autoridad máxima del personal asignado al área de Cirugía y Quirófanos, siendo responsable del funcionamiento del área y el personal a su cargo.

Reconocerá como autoridad jerárquica superior inmediata al Director del Hospital, o a quien el organigrama del establecimiento disponga, quien podrá valerse de otros Jefes de Área, Administrador y todo otro funcionario que por su jerarquía o especialización juzgue conveniente, a los efectos de establecer enlaces, para la armonía general en el funcionamiento, organi­zación y correlación del Establecimiento.

Ejercitará fundamentalmente la supervisión y organización del funcionamiento de su Servicio en el aspecto técnico científico y la direc­ción y distribución del trabajo de todo el personal a sus órdenes.

 

FUNCIONES

Organizar el recurso humano de su Servicio, atendiendo a la capacidad y categoría del personal, asegurando el buen funcionamiento para la mejor atención de los pacientes.

Coordinar y supervisar las acciones médicas y asistenciales, estando bajo su responsabilidad la orientación del diagnóstico y el trata­miento de los enfermos destinados a su área.

Coordinar las acciones del personal a cargo dentro de la unidad y con otros servicios clínicos, unidades de apoyo, secciones y servicios generales del establecimiento, en tanto involucren las incumbencias de las especialidades del área.

Establecer las necesidades, funciones y actividades del recurso humano, así como las necesidades de materiales, equipos e insumos que faciliten las actividades propias de la unidad, para lograr una atención eficaz y segura de los pacientes y funcionarios.

Coordinar con jefaturas pertenecientes a los servicios interactuantes de Internación, Atención Ambulatoria, emergencias, UTI, la forma oportuna de realizar las atenciones solicitadas en dichas unidades.

Fomentar la creación del Manual de Estructura y procedimiento de las distintas especialidades a su cargo, así como de Guías y protocolos actualizados de la propia unidad y de las que participen las distintas especialidades quirúrgicas y anestesiología.

Realizar análisis de reclamos, de eventos adversos, vigilancia de indicadores de calidad y definir e implementar las acciones correctivas.

Deberá controlar y organizar los diferentes cronogramas de guardias activas y pasivas afectados a su Servicio, garantizando el cumplimiento de las mismas para la atención de los pacientes.

Establecer pautas de trabajo con el resto de las especialidades que interactúan.

Proponer pautas de procedimientos médicos.

Ser responsable de todas las actividades administrativas y profesionales del servicio.

Establecer pautas de trabajo transversales y mantener el enlace con los demás servicios del Hospital, estableciendo agendas de trabajo pautadas y coordinadas.

Participar de los programas de calidad institucional y determinar los propios.

Programar actividades de educación continuada para el personal bajo sus órdenes, y la participación en la actividad docente de la institución.

Participar de los mecanismos de comunicación formal e informal entre los distintos niveles de la estructura de Salud, así como en el área.

Garantizar una correcta información al paciente.

Cumplir con los objetivos generales de la Dirección del hospital y su plan estratégico de gestión.

Participar en la elaboración de normas, reglamentos y procedimientos del hospital y observar su cumplimiento.

Convocar y presidir reuniones con su grupo de trabajo.

Fiscalizar al personal, pudiendo elevar sus observaciones sobre mal cumplimiento de funciones a la Dirección del Hospital o Área de Recursos Humanos.

Colaborar con la Dirección en el contralor y evolución de las enfermedades que afecten al personal del Servicio.

Llevar un registro en la que conste el movimiento estadístico de su Servicio.

Todas sus gestiones, deberán dirigirse a la Dirección del Hospital, solicitando las mejoras necesarias. No podrá iniciar ninguna gestión externa, sino por intermedio de la Dirección del Hospital.

Ejercer la docencia e investigación y procurar transmitir sus conocimientos y experiencia a sus colaboradores para asegurar la formación del nivel científico.

Participar de los ateneos, reuniones institucionales, comisiones temporarias o permanentes, toda vez que sea convocado

Mejorar y ordenar los procesos administrativos a fin de disminuir las barreras de acceso al sistema.

 

 

DIAS Y HORARIOS: Los días y horarios de trabajo, se dispondrán sobre la base de la organización de la respectiva institución, según los requerimientos y necesidades de la planificación y ejecución de la actividad, debiéndose disponer de una distribución equitativa de lunes a viernes.

Deberá cumplir con el régimen laboral establecido en la presente, concurriendo a la Institución de Lunes a viernes con una jornada mínima de 4 horas por la mañana, y el resto de la carga horaria planificada según los requerimientos y necesidades de disponibilidad del servicio o la institución en horario vespertino, nocturno y días no hábiles. Debiendo registrar ingreso y egreso.

 

REMUNERACIÓN: el profesional recibirá la remuneración regulada en los artículos 33, 35 y 38 de la ordenanza 7439/20 y su correspondiente reglamentación, para la carga horaria estipulada y en Función F2.

 

 

ART. 2 Cúmplase, Comuníquese, regístrese y oportunamente archívese. -

 

                                

 

DECRETO Nº 3109