Boletines/Daireaux

Decreto Nº1359/17

Decreto Nº 1359/17

Daireaux, 22/11/2017

Visto

El Expediente Administrativo Nro. 4022-8402/2017, y

Considerando

Que a Fs. 1 la Asociación Centro Educativo para la Producción Total Nro. 27 “Paraje La Victoria” presentó con fecha 21 de Noviembre de 2017, un requerimiento de subsidio que estará afectado al pago de honorarios del Dr. Fernando Manera, quien dictará dos conferencias de prensa, sobre el tema: “Químicos de exposición diaria, una amenaza visible”;

 

Que las mismas se desarrollarán el dia 23 de Noviembre de 2017;

 

Que a Fs. 03 se agrega factura Nro.0002-00000238 librada por el Dr. Fernando Manera por el importe de $ 5000;

 

Que el Registro de Entidades de Bien Publico a Fs. 07 certifica que la Entidad solicitante se encuentra inscripta en el mismo bajo el Nro. 254/16, cumpliendo en tiempo y forma con los requisitos a presentar para mantener en vigencia su registro (Ordenanza Nº 326/91);

 

Que el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que  “ Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;

 

Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone “ La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada. En caso de insistencia del D.E., éste será responsable”;

 

Que en virtud de lo antedicho, este Departamento Ejecutivo estima conveniente dar una respuesta favorable;

 

Que debe dictarse el acto administrativo pertinente;

 

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º. Otorgase a la  Asociación Centro Educativo Para la Producción Total Nº 27 “Paraje La Victoria” – Entidad de Bien Público Nro. 245/16 - un subsidio de Pesos cinco mil ($5000) de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos del presente, y a lo actuado en Expediente Nro. 4022-8402/2017.-

 

ARTICULO 2º.  Por Tesorería Municipal, previa intervención de la Contaduría Municipal, procédase conforme el Articulo 1º del presente.-

 

ARTICULO 3º. El gasto que demande el cumplimiento del presente se atenderá con cargo a  la partida presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2017 consignada por la Contaduría Municipal : 

Jurisdicción:  1110104000 -   Secretaria de Desarrollo.-

Programa: 18 Políticas Educativas

Subprograma: 01 Proyectos Educativos.-

Partida: 5.1.5.0. “Transferencias a Instituciones de Enseñanza”.-

Fuente de Financiamiento : 132.-

Importe: $ 5.000.-

 

ARTICULO 4º. La entidad beneficiaria deberá confeccionar y elevar en un plazo no mayor de  quince (15) días de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios.--

 

ARTICULO 5º. Refrende el presente el Señor Secretario de Gobierno .-

 

ARTICULO 6º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-