Boletines/Lincoln

Decreto Nº3779/16

Decreto Nº 3779/16

Lincoln, 29/11/2016

DISPONIENDO EL OTORGAMIENTO DE AYUDA ECONOMICA ESTUDIANTIL A ESTUDIANTES DE NIVEL SECUNDARIO DEL PARTIDO DE LINCOLN

Visto

El decreto Nº3426/16 disponiendo el otorgamiento de la tercera y última cuota de becas a estudiantes del nivel secundario del Partido de Lincoln

Considerando

Que esta cuota adicional se agrega en razón de ayudar a aquellos alumnos que quedaron fuera del listado Institucional presentado por las escuelas, siendo un cupo limitado por cada uno de ellas;

         Que si bien por una cuestión de puntuación en la tabla de mérito no quedaron dentro del listado, los mismos tienen la misma necesidad que los demás estudiantes y cumple con los requisitos estipulados por el programa de becas;

Que la Municipalidad de Lincoln ha asumido un fuerte compromiso con la educación de la comunidad del Partido, incentivando la concreción de los estudios en jóvenes de escasos recursos, evitando la deserción educativa;

Que a los fines de lograr ese objetivo ha dispuesto el otorgamiento de una ayuda económica a estudiantes del Partido de Lincoln, del nivel Secundario, que les permita aliviar  gastos necesarios para la continuidad de su capacitación;

Que esta ayuda económica se realizara como una cuota adicional a razón de la situación crítica económica de estos estudiantes, siendo por un valor de $1.000 (pesos mil);

Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Dispóngase el otorgamiento de una ayuda económica de $1.000 (pesos mil) a estudiantes de nivel SECUNDARIO del Partido de Lincoln,  en el mes de noviembre de 2016, conforme el listado adjunto que forma parte del presente Decreto, como Anexo I.

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del artículo precedente se imputará a la Jurisdicción 1110111000 Secretaría de Cultura y Educación, Categoría Programática 20.00.00 Fondo Financiamiento Educativo, Código 5.1.3.0 Becas, Fuente de Financiamiento 132 del Presupuesto General de Gastos vigente.

ARTICULO 3º: Refrenda el Sr. Secretario del Área Legal y Técnica.

ARTICULO 4º: Comuníquese a la Secretaría de Acción Social, Secretaría de Cultura y Educación, Tesorería, Contaduría y a quien mas corresponda. Publíquese en el Boletín Oficial Municipal. Regístrese y Archívese.

Anexos

ayuda economica

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