Boletines/Lincoln

Decreto Nº3761/16

Decreto Nº 3761/16

Lincoln, 25/11/2016

DECLARANDO  DE INTERÉS PUBLICO MUNICIPAL EL 107 ANIVERSARIO DE LA LOCALIDAD DE BERMUDEZ A REALIZARSE EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2016

Visto

La conmemoración del 113º Aniversario de la Localidad de Triunvirato, a celebrarse el día 30 de Noviembre de 2016;

Considerando

Que los festejos del Aniversario constituyen una fecha memorable para los habitantes de Bermúdez, ya que no venían realizando las conmemoraciones de dicha fecha y es política de este Gobierno rescatar la identidad de los pueblos del partido, impulsando políticas para su progreso y reafirmando su identidad y pertenencia; en tal sentido se ha programado una serie integral de actos representando un atractivo turístico y cultural;

Que se llevará a cabo el acto Oficial con la presencia de autoridades municipales, alumnos y docentes de las instituciones educativas, entidades intermedias, y comunidad en general; asimismo se realizarán diversas actividades culturales, educativas y deportivas en el transcurso del mes de Noviembre

Que su puesta en marcha generará gastos: alquileres, servicio de locución, alquiler de baños químicos, patrocinio y representación, plaquetas, seguros, cachet de artistas, hospedajes, sonido e iluminación, comida y traslados, entrega de presentes, derechos de autor representados en AADI CAPIF, y SADAIC, diseño gráfico, servicio de impresión, servicio de proyección, publicidad, entre otros no explicitados pero que surjan de la concreción del evento mencionado

Que los objetivos de esta Administración apuntan al rescate de las fiestas populares en su conjunto y especialmente las de conmemoraciones a los años de creación, por efectuarse una serie de eventos en los que participa toda la sociedad, por ser parte del patrimonio cultural de los Linqueños;

Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declarando de Interés Público Municipal el 113º Aniversario de la Localidad de Bermúdez, a realizarse el día 09 de Diciembre de 2016

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto se imputará a las partidas y programas que correspondan, de las Jurisdicciones que tomen intervención en la concreción de lo dispuesto en el Artículo 1º del presente, presupuesto de gastos vigente.

ARTICULO 3º:   Refrenda el presente Decreto el Sr. Secretario de Gobierno

ARTÍCULO 4º: Comuníquese a la Delegación Triunvirato, Dirección de Compras, Secretaria de Cultura y Educación, Secretaria de Prensa y a quien más corresponda. Publíquese en el Boletín Oficial Municipal.- Regístrese y Archívese.